I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2022-19915)
Real Decreto 995/2022, de 29 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el ámbito de la transición ecológica para actividades de interés general consideradas de interés social, financiadas con cargo a la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades, prevista en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Miércoles 30 de noviembre de 2022

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de 1 de octubre, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su
notificación.
Transcurrido el plazo máximo establecido sin que se haya dictado y notificado la
resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud, sin perjuicio de la obligación
de dictar resolución expresa de la misma.
Disposición adicional única.

Régimen jurídico aplicable.

Estas subvenciones se regularán, en todo caso, además de por lo particularmente
dispuesto en este real decreto, por lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, y su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, salvo en lo que afecte a los principios de publicidad y
concurrencia, así como, supletoriamente, por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y por lo previsto
en las demás disposiciones legales, reglamentarias y convencionales que resulten de
aplicación, así como por las resoluciones que se aprueben.
Las subvenciones previstas en este real decreto están incluidas en el anexo I, en el
apartado 8.D.05. Actividades de interés general consideradas de interés social, dentro
del objetivo estratégico 8 (Fomentar la adaptación al cambio climático e incrementar la
resiliencia de la población de los distintos sectores económicos ante los efectos del
cambio climático) del Plan Estratégico de Subvenciones del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico para el periodo 2022-2024.
Disposición final primera.

Título competencial.

Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª y 15.ª
de la Constitución Española, que atribuye al Estado, respectivamente, la competencia
sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y sobre
fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica.
Disposición final segunda.

Habilitación para el desarrollo y ejecución.

Se habilita a la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para
adoptar, en el ámbito de sus competencias, cuantas disposiciones sean necesarias para
el desarrollo y ejecución de este real decreto.
Disposición final tercera.

Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 29 de noviembre de 2022.
FELIPE R.
La Vicepresidenta Tercera del Gobierno
y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico,

cve: BOE-A-2022-19915
Verificable en https://www.boe.es

TERESA RIBERA RODRÍGUEZ

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X