I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Agricultura. Registro. (BOE-A-2022-19911)
Real Decreto 988/2022, de 29 de noviembre, por el que se regula el Registro General de las Mejores Técnicas Disponibles en Explotaciones y el soporte para el cálculo, seguimiento y notificación de las emisiones en ganadería, y se modifican diversas normas en materia agraria.
31 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Miércoles 30 de noviembre de 2022

Sec. I. Pág. 163318

ANEXO I
Datos mínimos que contendrá el Registro General de las Mejores Técnicas
Disponibles en Explotaciones aplicadas en la explotación
Los titulares cuyas explotaciones ganaderas están afectadas por el Real Decreto
Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley de prevención y control integrados de la contaminación, deberán comunicar la
información contenida en todos los apartados del presente anexo.
Los titulares cuyas explotaciones ganaderas no estén afectadas por el Real Decreto
Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley de prevención y control integrados de la contaminación, deberán comunicar la
información contenida en los apartados A, B, C, D y E. La comunicación de la
información marcada con (*) en los apartados anteriores, así como la información
contenida en los apartados F y G, será de carácter voluntario.
Sección 1.
A.

Especie porcino

Relativos al conjunto de la explotación

a) Código de identificación REGA de la explotación.
b) Año de inicio de actividad.
c) Provincia.
d) Año de la última reforma en la explotación que implique alteración del impacto
medioambiental.
e) Número de plazas ocupadas en la explotación: número medio de plazas que han
estado ocupadas durante el año natural al que corresponde la declaración de MTDs,
para cada una de las categorías de animales manejados en sus instalaciones.
f) Si dispone de un Sistema de Gestión Ambiental, incluyendo un Plan de gestión
de Ruido y un Plan de Gestión de Olores, y si supervisa periódicamente las emisiones de
olores al aire y utiliza alguna técnica para evitar o reducir las emisiones de ruido (*).
g) Si dispone de un Plan de producción y gestión de estiércol dentro del SIGE.
h) Si dispone de un Plan de Emergencia medioambiental para hacer frente a
emisiones e incidentes imprevistos. (*)
i) Si dispone de un Plan de mantenimiento y gestión de cadáveres. Indicar si se
almacenan los animales muertos de forma que se eviten o reduzcan las emisiones (*).
j) Información sobre el cumplimiento de:

k) Disponibilidad de Autorización Ambiental Integrada. Año de la última revisión de
la Autorización Ambiental Integrada (*).

cve: BOE-A-2022-19911
Verificable en https://www.boe.es

i. Distancias reglamentarias (*).
ii. Formación de personal (*).
iii. Mantenimiento periódico (al menos una vez al año) de equipos y estructuras (*).
iv. Si las estructuras y sistemas de almacenamiento de purín están construidas/
fabricadas de tal forma que soporten las tensiones mecánicas, químicas y térmicas
asociadas al volumen de purín. Si están construidas a prueba de fugas. Si las naves
nuevas cuentan con sistemas de detección de fugas. Si al menos una vez al año se
comprueba la integridad estructural de los depósitos (*).