I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Agricultura. Registro. (BOE-A-2022-19911)
Real Decreto 988/2022, de 29 de noviembre, por el que se regula el Registro General de las Mejores Técnicas Disponibles en Explotaciones y el soporte para el cálculo, seguimiento y notificación de las emisiones en ganadería, y se modifican diversas normas en materia agraria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Miércoles 30 de noviembre de 2022

Sec. I. Pág. 163316

Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por
el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas
intensivas, y se modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de
ganado porcino extensivo.
El artículo 11.1 del Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se
establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se
modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino
extensivo, queda modificado como sigue:
«1. Para garantizar el cumplimiento de los requisitos para la reducción de
emisiones establecidos en el artículo 10, se crea el Registro General de las
Mejores Técnicas Disponibles en Explotaciones, adscrito a la Secretaría General
de Agricultura y Alimentación, que será gestionado por la Dirección General de
Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, con el contenido previsto en el Real Decreto 988/2022, de 29 de
noviembre, por el que se regula el Registro General de las Mejores Técnicas
Disponibles en Explotaciones y el soporte para el cálculo, seguimiento y
notificación de las emisiones en ganadería, y se modifican diversas normas en
materia agraria.»
Disposición final cuarta. Modificación del Real Decreto 637/2021, de 27 de julio, por el
que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas.
El apartado 1 del artículo 13 del Real Decreto 637/2021, de 27 de julio, por el que se
establecen las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas, queda modificado
como sigue:
«1. Para garantizar el cumplimiento de los requisitos para la reducción de
emisiones establecidos en el artículo 12, se utilizará el Registro de Mejores
Técnicas Disponibles en Explotaciones creado por el Real Decreto 306/2020,
de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las
granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa básica de ordenación de
las explotaciones de ganado porcino extensivo, de acuerdo con el Real
Decreto 988/2022, de 29 de noviembre, por el que se regula el Registro General
de las Mejores Técnicas Disponibles en Explotaciones y el soporte para el cálculo,
seguimiento y notificación de las emisiones en ganadería, y se modifican diversas
normas en materia agraria.»
Facultad de desarrollo y modificación.

1. Se faculta al titular del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de
acuerdo con la persona titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, para aprobar, mediante orden, a propuesta de la mesa a la que se refiere
el artículo 9, los protocolos de carácter técnico que aseguren la coordinación y el
funcionamiento de la base de datos informatizada, que servirá de soporte a ECOGAN,
en el conjunto del Estado.
2. Asimismo, se faculta a la persona titular del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, de acuerdo con la persona titular del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, para actualizar mediante orden ministerial los anexos
de este real decreto por motivos urgentes relacionados con el medio ambiente, en
especial para la inclusión de nuevas MTDs, o para su adaptación a la normativa nacional
y de la Unión Europea.

cve: BOE-A-2022-19911
Verificable en https://www.boe.es

Disposición final quinta.