II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-19881)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Universitat de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala Administrativa (Subgrupo C1).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286
Martes 29 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 163024
Octava. Relación de las personas aprobadas y presentación de documentos.
8.1 Una vez finalizado el proceso selectivo se publicará en el «Diari Oficial de la
Generalitat Valenciana» (DOGV), por resolución del Rectorado, las listas definitivas con
los nombres de las personas aprobadas con la puntuación obtenida.
8.2 En el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente de la
publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» (DOGV) de las listas con los
nombres de las personas seleccionadas, éstas deberán presentar en el Servei de
Recursos Humans (PAS) de esta Universitat la siguiente documentación:
8.2.1 Certificado de nacimiento expedido por el registro civil correspondiente o
fotocopia del DNI o NIE.
8.2.2 Fotocopia cotejada con el original del título académico exigido en esta
convocatoria.
8.2.3 Fotocopia cotejada con el original del certificado acreditativo del conocimiento
de valenciano del nivel exigido en esta convocatoria, si procede, de acuerdo con lo que
se dispone en la base séptima de la convocatoria.
8.2.4 Declaración de no haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario,
de alguna administración o cargo público, así como de no encontrarse inhabilitado/a
penalmente para el ejercicio de las funciones públicas. Si alguna persona seleccionada
fuera nacional de otro estado comunitario, deberá presentar una declaración de no
encontrarse sometida a ninguna sanción disciplinaria o condena penal que le impida el
acceso a la función pública en su estado.
8.2.5 Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad física y psíquica
necesaria para el ejercicio de las funciones del puesto de trabajo ofertado. A tal efecto,
los reconocimientos se realizarán a través de los servicios médicos concertados por la
Universitat de València.
8.2.6 Si alguna de las personas seleccionadas tiene alguna discapacidad, deberá
aportar un certificado del órgano competente de la comunidad autónoma sobre la
capacidad para llevar a cabo las tareas que correspondan a los puestos de trabajo objeto
de esta convocatoria.
8.2.7 Si alguna de las personas seleccionadas ha disfrutado de la exención o
bonificación de las tasas deberá presentar fotocopia cotejada con el original de la
documentación que justifique el motivo de esta.
8.3 Si alguna de las personas seleccionadas no presenta la documentación dentro
del plazo indicado (excepto en el caso de fuerza mayor) o si hay falsedad en los
documentos presentados, esto comportará la invalidez de las actuaciones de esta
persona y la nulidad subsiguiente de los actos del órgano técnico de selección respecto
de ella, sin perjuicio de las responsabilidades en que haya podido incurrir.
8.4 No obstante lo anterior, el órgano convocante podrá solicitar que se vuelva a
exigir una nueva acreditación de aquellos requisitos cuando lo considere conveniente por
el tiempo transcurrido desde su obtención o porque guarden relación directa con las
funciones o tareas del puesto a desempeñar.
Nombramiento de funcionarios o funcionarias.
Una vez transcurrido el plazo de presentación de la documentación especificada en
la base octava de esta convocatoria, y después de haberse verificado el cumplimiento de
los requisitos exigidos, la rectora dictará una resolución, que se publicará en el « Diari
Oficial de la Generalitat Valenciana» (DOGV), mediante la cual las personas
seleccionadas que hayan superado estas pruebas selectivas serán nombradas
funcionarios o funcionarias de carrera.
cve: BOE-A-2022-19881
Verificable en https://www.boe.es
Novena.
Núm. 286
Martes 29 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 163024
Octava. Relación de las personas aprobadas y presentación de documentos.
8.1 Una vez finalizado el proceso selectivo se publicará en el «Diari Oficial de la
Generalitat Valenciana» (DOGV), por resolución del Rectorado, las listas definitivas con
los nombres de las personas aprobadas con la puntuación obtenida.
8.2 En el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente de la
publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» (DOGV) de las listas con los
nombres de las personas seleccionadas, éstas deberán presentar en el Servei de
Recursos Humans (PAS) de esta Universitat la siguiente documentación:
8.2.1 Certificado de nacimiento expedido por el registro civil correspondiente o
fotocopia del DNI o NIE.
8.2.2 Fotocopia cotejada con el original del título académico exigido en esta
convocatoria.
8.2.3 Fotocopia cotejada con el original del certificado acreditativo del conocimiento
de valenciano del nivel exigido en esta convocatoria, si procede, de acuerdo con lo que
se dispone en la base séptima de la convocatoria.
8.2.4 Declaración de no haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario,
de alguna administración o cargo público, así como de no encontrarse inhabilitado/a
penalmente para el ejercicio de las funciones públicas. Si alguna persona seleccionada
fuera nacional de otro estado comunitario, deberá presentar una declaración de no
encontrarse sometida a ninguna sanción disciplinaria o condena penal que le impida el
acceso a la función pública en su estado.
8.2.5 Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad física y psíquica
necesaria para el ejercicio de las funciones del puesto de trabajo ofertado. A tal efecto,
los reconocimientos se realizarán a través de los servicios médicos concertados por la
Universitat de València.
8.2.6 Si alguna de las personas seleccionadas tiene alguna discapacidad, deberá
aportar un certificado del órgano competente de la comunidad autónoma sobre la
capacidad para llevar a cabo las tareas que correspondan a los puestos de trabajo objeto
de esta convocatoria.
8.2.7 Si alguna de las personas seleccionadas ha disfrutado de la exención o
bonificación de las tasas deberá presentar fotocopia cotejada con el original de la
documentación que justifique el motivo de esta.
8.3 Si alguna de las personas seleccionadas no presenta la documentación dentro
del plazo indicado (excepto en el caso de fuerza mayor) o si hay falsedad en los
documentos presentados, esto comportará la invalidez de las actuaciones de esta
persona y la nulidad subsiguiente de los actos del órgano técnico de selección respecto
de ella, sin perjuicio de las responsabilidades en que haya podido incurrir.
8.4 No obstante lo anterior, el órgano convocante podrá solicitar que se vuelva a
exigir una nueva acreditación de aquellos requisitos cuando lo considere conveniente por
el tiempo transcurrido desde su obtención o porque guarden relación directa con las
funciones o tareas del puesto a desempeñar.
Nombramiento de funcionarios o funcionarias.
Una vez transcurrido el plazo de presentación de la documentación especificada en
la base octava de esta convocatoria, y después de haberse verificado el cumplimiento de
los requisitos exigidos, la rectora dictará una resolución, que se publicará en el « Diari
Oficial de la Generalitat Valenciana» (DOGV), mediante la cual las personas
seleccionadas que hayan superado estas pruebas selectivas serán nombradas
funcionarios o funcionarias de carrera.
cve: BOE-A-2022-19881
Verificable en https://www.boe.es
Novena.