V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2022-37428)
Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Málaga, por la que se declara, en concreto, la utilidad pública del Proyecto de la Subestación de la S6 400/132/30 kV y LAAT 400 kV en término municipal de Archidona (Málaga).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 28 de noviembre de 2022

Sec. V-B. Pág. 57438

"PFV GUADACANO" y "ARCHIDONA SOLAR", en el término municipal de
Archidona.
SEXTO.-El 26 de septiembre de 2022, mediante Resolución de la Delegación
Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Política Industrial y
Energía en Málaga, se otorga la Autorización Administrativa de Construcción para
el proyecto de la Subestación Eléctrica S6 30/132 kV, infraestructura común de
evacuación de las plantas fotovoltaicas denominadas "KENIA SOLAR I", "KENIA
SOLAR II", "KENIA SOLAR III" y "KENIA SOLAR IV", en el término municipal de
Archidona, en la provincia de Málaga, solicitada por UNIVERSAL REWARD, S.L,
correspondiente al expediente AT- 16876.
SÉPTIMO.- El 17/10/2022, la entidad UNIVERSAL REWARD, S.L. comunica
que se han llegado a acuerdos amistosos con los propietarios de las fincas
afectadas según proyecto nº2(polígono 56, parcela 90), n.º 4 (polígono 56, parcela
89) y n.º 22(polígono 28, parcela 31). Por lo tanto deben retirarse de la Relación de
Bienes y Derechos Afectados.
Asimismo la parcela según proyecto n.º 5 (polígono 56, parcela 92) queda
desafectada debido a un ajuste técnico de trazado de carácter no sustancial.
Por otro lado tras información aportada por la citada entidad, se realiza
consulta en el Catastro, en el cual consta lo siguiente:
Titularidad de las fincas polígono 29, parcela 2 y polígono 29 parcela 3:
herederos de Francisco Cárdenas Díaz.
Titularidad de la finca polígono 29 parcela 4: herederos de Victoria Cárdenas
Hinojosa.
Titularidad de la finca polígono 28 parcela 24: herederos de José Astorga
Reina.
Es por ello que se modifica en tal sentido la Relación de Bienes y Derechos
Afectados(ver anexo) publicada en el trámite de información pública de la solicitud
de declaración en concreto de utilidad pública.
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Esta Delegación Territorial es competente para dictar la presente
resolución de acuerdo con lo dispuesto en los Reales Decretos 1091/81, de 24 de
Abril y 4164/1982, de 29 de diciembre, por los que se traspasan funciones y
servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de
industria, energía y minas; en los artículos 49 y 58.2.3º de la Ley Orgánica 2/2007,
de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; el Decreto
226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía; el Decreto del Presidente
10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto del
Presidente 13/2022, de 8 de agosto, por el que se modifica el Decreto del
Presidente 10/2022, de 25 de julio; el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que
se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía y
el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020,
de 29 de diciembre.

cve: BOE-B-2022-37428
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Núm. 285