III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-19815)
Resolución de 22 de noviembre de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Clínico San Carlos, para la ejecución del proyecto "Regeneración del Cartílago articular mediante terapia celular basada en hidrogeles termosensibles" en el marco de la Convocatoria 2021 de la Acción Estratégica en Salud del Instituto de Salud Carlos III, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 285

Lunes 28 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 162782

«ISCIII»), a fin de sufragar los gastos marginales del CSIC-ICTP (gastos adicionales) que
cause el desarrollo de las investigaciones durante la ejecución del Proyecto. Esta
cantidad máxima está calculada en función de las tareas a realizar por el CSIC para la
ejecución del Proyecto, pudiendo ser inferior en función de las actividades efectivamente
realizadas, tal como se regula en el Convenio.
Este importe máximo se transferirá en los siguientes plazos:
– Una vez surta efectos el Convenio: 13.530 euros.
– Enero de 2023: 13.530 euros.
– Enero de 2024: 13.530 euros.
No obstante lo anterior, la última de las transferencias quedará condicionada a que
a 31 diciembre de 2023 el CSIC haya ejecutado, al menos, el 90% del importe
transferido por la FIBHCSC a su favor hasta ese momento.
En caso contrario la transferencia correspondiente a la anualidad 2024 se efectuará
una vez que el CSIC acredite haber ejecutado, como mínimo, dicho porcentaje del 90% y
siempre que envíe a la FIBHCSC una previsión de gasto que, a juicio de esta entidad,
sea suficiente.
Los importes a abonar por la FIBHCSC no serán objeto de facturación ni, por tanto,
incluirán IVA, pues no se abonan en concepto de contraprestación directa y equivalente a
la colaboración que realizará el CSIC, sino que tendrán como finalidad coadyuvar a la
consecución del objeto común establecido en la cláusula primera.
d) Realizar la justificación científica y económica del Proyecto ante el ISCIII
incluyendo, por tanto, la justificación relativa a las cuantías transferidas al CSIC.
2.

Obligaciones del CSIC:

– Material químico. Ácidos y bases, compuestos inorgánicos, compuestos orgánicos
y sales. Compuestos relacionados con la síntesis, impresión y caracterización de los
materiales: 11.500 euros.
– Material de laboratorio. Material plástico y de vidrio: 600 euros.
– Anticuerpos y productos biotecnológicos.Ac (colágeno, agrecano, sox),BMP,
icarina: 7.900 euros.
– Reactivos de cultivo celular: medios de cultivo, tampones y plástico estéril de
cultivo, placas, minibiorreactores, Flask, tubos Falcon: 8.000 euros.
– Reactivos de biología celular, inmunodetección, cromatografía. Reactivos para
viabilidad y proliferación celular, reactivos para ensayos funcionales e inmunocito/
histoquímica, Ensayo Calcein AM, actividad fosfatasa alcalina, tinciones Alcian Blue,
Picro Sirius Red: 8.900 euros.
– Costes indirectos: 3.690 euros.

cve: BOE-A-2022-19815
Verificable en https://www.boe.es

a) Se responsabilizará de desarrollar la ejecución de los trabajos que le
corresponden de conformidad con la Memoria del Proyecto y el Plan de Trabajo
(Anexo 1). La ejecución del Proyecto en la sede del CSIC-ICTP se realizará bajo la
responsabilidad del Equipo de Investigación del CSIC, así como las tareas que se
desarrollen en torno al mismo en la sede de la Unidad Asociada I+D+i referida en el
último párrafo del expositivo tercero durante su periodo de vigencia y en los términos
previstos en su norma reguladora.
b) Implementar los medios técnicos, humanos y materiales necesarios para la
adecuada consecución del Proyecto.
c) Ejecutar el gasto dentro del período de ejecución del Proyecto, el cual finaliza
el 31 de diciembre de 2024, tal y como establece la Convocatoria, salvo en caso de
prórroga de ejecución, lo cual le será comunicado por la FIBHCSC.
d) Destinar el importe ingresado por la FIBHCSC a la ejecución de los siguientes
conceptos recogidos en la Memoria del Proyecto financiado por el ISCIII y por los
siguientes importes máximos: