III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2022-19817)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Sociedad Española de Socorros Mutuos y Beneficencia, sobre la prestación de asistencia sanitaria subvencionada a los emigrantes españoles residentes en Chile que carezcan de recursos suficientes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 285

Lunes 28 de noviembre de 2022

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
19817

Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica el Convenio con la Sociedad Española de Socorros
Mutuos y Beneficencia, sobre la prestación de asistencia sanitaria
subvencionada a los emigrantes españoles residentes en Chile que carezcan
de recursos suficientes.

Con fecha 17 de noviembre de 2022 se ha suscrito el Convenio entre el Ministerio de
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (Dirección General de Migraciones) y la
Sociedad Española de Socorros Mutuos y Beneficencia, sobre la prestación de
asistencia sanitaria subvencionada a los emigrantes españoles residentes en Chile que
carezcan de recursos suficientes y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como
anexo de esta Resolución.
Madrid, 21 de noviembre de 2022.–La Secretaria General Técnica, Iria Álvarez
Besteiro.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
(Dirección General de Migraciones) y la Sociedad Española de Socorros Mutuos y
Beneficencia, sobre la prestación de asistencia sanitaria subvencionada a los
emigrantes españoles residentes en Chile que carezcan de recursos suficientes
En Madrid, a 17 de noviembre de 2022.
De un parte, don Santiago Antonio Yerga Cobos, Director General de Migraciones,
actuando por delegación del Secretario de Estado de Migraciones, según lo establecido
en la Orden ISM/419/2021, de 26 de abril (BOE de 29 de abril de 2021).
De otra aparte, don Santiago Morán García, en su condición de presidente y
representante legal de la Corporación chilena de derecho privado denominada
«Sociedad Española de Socorros Mutuos y Beneficencia», nombrado en sesión del
Directorio General de fecha 19 de mayo de 2022.
Ambas partes, en las representaciones que ostentan, se reconocen legitimidad
suficiente para suscribir el presente Convenio y a tal fin

Que la Ley 40/2006, de 14 de diciembre, del Estatuto de la Ciudadanía Española en
el Exterior, reconoce en su artículo 17 el derecho a la protección de la salud, con la
finalidad última de equiparar la que se concede a los residentes en el exterior con la que
se presta por el Sistema Nacional de Salud en España.
El Real Decreto 8/2008, de 11 de enero, por el que se regula la prestación por razón
de necesidad a favor de los españoles residentes en el exterior y retornados, prevé la
posibilidad de suscribir convenios que permitan la cobertura de la asistencia sanitaria
para aquellos que carezcan de dicha cobertura en el país de residencia o cuando
teniendo derecho a ella, su contenido y alcance se considere insuficiente en situaciones

cve: BOE-A-2022-19817
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