III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-19805)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques fotovoltaicos Castaño 120 MW, Baobab 85 MW, Serbal 145 MW y Pato 100 MW, y parte de su infraestructura de evacuación asociada, TTMM: Martín Miguel, Abades y Valverde del Majano (Segovia)".
32 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 28 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 162691
En el caso de la fauna, los controles que se realizarán serán: Control de las
características del vallado y elementos de prevención frente a la colisión; control de la
instalación de medidas para el arraigo y fomento de la avifauna amenazada; control de
medidas preventivas para la fauna; control de las medidas de gestión agroambiental para
avifauna esteparia; y seguimiento y caracterización de las poblaciones de fauna. El
seguimiento de fauna incluirá un control del plan de seguimiento de avifauna (informes
semestrales de los resultados de los seguimientos) y un control del mantenimiento de la
instalación de hábitat para avifauna esteparia.
Durante la fase de funcionamiento, el seguimiento y control de la aplicación de las
medidas preventivas y correctoras se realizará mediante visitas de seguimiento
realizadas por el técnico ambiental designado como responsable de la vigilancia
ambiental con periodicidad mensual los tres primeros años, y anualmente el resto de los
años hasta la finalización de su vida útil.
Las visitas mensuales durante los tres primeros años se realizarán en la zona de
obras con el fin de comprobar el éxito de las medidas de restauración y revegetación.
Con lo observado en estas visitas, desde el inicio de las obras de construcción del
proyecto hasta la completa restauración de los terrenos afectados, se realizará un
informe compendio de las visitas de control previstas en el programa de seguimiento y
vigilancia ambiental del proyecto a lo largo del año natural correspondiente. El informe
anual se presentará ante el órgano ambiental antes de finalizar el mismo mes en el que
se comunique el inicio de la fase de funcionamiento del año siguiente. En función de los
informes periódicos realizados y las modificaciones de la normativa ambiental se
procederá a la revisión, perfeccionamiento y adaptación del PVA. Las fechas de inicio de
las obras y de la puesta en marcha de la actividad se comunicarán al órgano ambiental
por parte del responsable del PVA con una antelación mínima de diez días.
Además, se incluyen seguimientos y controles durante la fase de desmantelamiento
del proyecto.
La Sección de Educación y Evaluación Ambiental del Servicio Territorial de Medio
Ambiente de Segovia de la Junta de Castilla y León señala que se realizará, durante la
vida útil del proyecto, un seguimiento de la fauna existente en la zona de emplazamiento
de los parques solares fotovoltaicos, sus infraestructuras de evacuación y sus áreas de
influencia. Cualquier incidencia detectada al respecto será comunicada al Servicio
Territorial de Medio Ambiente de Segovia, lo antes posible, con el objetivo de valorar las
medidas preventivas o correctoras que se estimen oportunas a ejecutar por parte del
promotor. Asimismo, una vez finalizada la vida útil del proyecto, se procederá al
desmantelamiento de todas las instalaciones e infraestructuras creadas y a la limpieza
de la zona afectada por el proyecto (desmontaje y retirada de todos los equipos y
materiales; extracción de cimentaciones; demolición de edificaciones; apertura de zanjas
y retirada de la red eléctrica subterránea, en su caso; tratamiento y reciclaje de los
módulos, inversores y demás residuos generados; descompactación del terreno; etc.).
Previamente, se deberá redactar un plan de desmantelamiento y restauración de las
zonas afectadas con el objetivo de revertir el área a su estado natural, mejorando en lo
posible las condiciones del terreno, al que deberá prestar conformidad el órgano
ambiental. Además, el promotor deberá presentar anualmente ante el órgano sustantivo
y con copia al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Segovia, un informe de
seguimiento sobre el grado de cumplimiento y eficacia de dichas medidas. Si del
resultado de dichos controles se detectaran desviaciones, incumplimientos o nuevas
afecciones medioambientales, se manifestará en el citado informe de forma expresa,
proponiendo las medidas adicionales que se consideren necesarias.
El promotor acepta las anteriores alegaciones.
La Confederación Hidrográfica del Duero indica que el Plan de Vigilancia Ambiental
deberá incluir medidas de vigilancia sobre los impactos derivados de la alteración del
régimen de escorrentía en las masas de agua superficial y subterránea. El promotor
contesta que se recogen 12 programas de puntos de inspección para el control y
seguimiento de los aspectos relacionados con la red hidrográfica y su protección.
cve: BOE-A-2022-19805
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 285
Lunes 28 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 162691
En el caso de la fauna, los controles que se realizarán serán: Control de las
características del vallado y elementos de prevención frente a la colisión; control de la
instalación de medidas para el arraigo y fomento de la avifauna amenazada; control de
medidas preventivas para la fauna; control de las medidas de gestión agroambiental para
avifauna esteparia; y seguimiento y caracterización de las poblaciones de fauna. El
seguimiento de fauna incluirá un control del plan de seguimiento de avifauna (informes
semestrales de los resultados de los seguimientos) y un control del mantenimiento de la
instalación de hábitat para avifauna esteparia.
Durante la fase de funcionamiento, el seguimiento y control de la aplicación de las
medidas preventivas y correctoras se realizará mediante visitas de seguimiento
realizadas por el técnico ambiental designado como responsable de la vigilancia
ambiental con periodicidad mensual los tres primeros años, y anualmente el resto de los
años hasta la finalización de su vida útil.
Las visitas mensuales durante los tres primeros años se realizarán en la zona de
obras con el fin de comprobar el éxito de las medidas de restauración y revegetación.
Con lo observado en estas visitas, desde el inicio de las obras de construcción del
proyecto hasta la completa restauración de los terrenos afectados, se realizará un
informe compendio de las visitas de control previstas en el programa de seguimiento y
vigilancia ambiental del proyecto a lo largo del año natural correspondiente. El informe
anual se presentará ante el órgano ambiental antes de finalizar el mismo mes en el que
se comunique el inicio de la fase de funcionamiento del año siguiente. En función de los
informes periódicos realizados y las modificaciones de la normativa ambiental se
procederá a la revisión, perfeccionamiento y adaptación del PVA. Las fechas de inicio de
las obras y de la puesta en marcha de la actividad se comunicarán al órgano ambiental
por parte del responsable del PVA con una antelación mínima de diez días.
Además, se incluyen seguimientos y controles durante la fase de desmantelamiento
del proyecto.
La Sección de Educación y Evaluación Ambiental del Servicio Territorial de Medio
Ambiente de Segovia de la Junta de Castilla y León señala que se realizará, durante la
vida útil del proyecto, un seguimiento de la fauna existente en la zona de emplazamiento
de los parques solares fotovoltaicos, sus infraestructuras de evacuación y sus áreas de
influencia. Cualquier incidencia detectada al respecto será comunicada al Servicio
Territorial de Medio Ambiente de Segovia, lo antes posible, con el objetivo de valorar las
medidas preventivas o correctoras que se estimen oportunas a ejecutar por parte del
promotor. Asimismo, una vez finalizada la vida útil del proyecto, se procederá al
desmantelamiento de todas las instalaciones e infraestructuras creadas y a la limpieza
de la zona afectada por el proyecto (desmontaje y retirada de todos los equipos y
materiales; extracción de cimentaciones; demolición de edificaciones; apertura de zanjas
y retirada de la red eléctrica subterránea, en su caso; tratamiento y reciclaje de los
módulos, inversores y demás residuos generados; descompactación del terreno; etc.).
Previamente, se deberá redactar un plan de desmantelamiento y restauración de las
zonas afectadas con el objetivo de revertir el área a su estado natural, mejorando en lo
posible las condiciones del terreno, al que deberá prestar conformidad el órgano
ambiental. Además, el promotor deberá presentar anualmente ante el órgano sustantivo
y con copia al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Segovia, un informe de
seguimiento sobre el grado de cumplimiento y eficacia de dichas medidas. Si del
resultado de dichos controles se detectaran desviaciones, incumplimientos o nuevas
afecciones medioambientales, se manifestará en el citado informe de forma expresa,
proponiendo las medidas adicionales que se consideren necesarias.
El promotor acepta las anteriores alegaciones.
La Confederación Hidrográfica del Duero indica que el Plan de Vigilancia Ambiental
deberá incluir medidas de vigilancia sobre los impactos derivados de la alteración del
régimen de escorrentía en las masas de agua superficial y subterránea. El promotor
contesta que se recogen 12 programas de puntos de inspección para el control y
seguimiento de los aspectos relacionados con la red hidrográfica y su protección.
cve: BOE-A-2022-19805
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 285