III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-19805)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques fotovoltaicos Castaño 120 MW, Baobab 85 MW, Serbal 145 MW y Pato 100 MW, y parte de su infraestructura de evacuación asociada, TTMM: Martín Miguel, Abades y Valverde del Majano (Segovia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 28 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 162690

del Majano está afectado por el plan de Emergencias de la presa de El Pontón Alto,
aunque no afecta a la zona de actuación.
Por otro lado, señala que ninguno de los municipios donde se ubica el proyecto
cuenta con un índice de riesgo de incendios forestales alto ni se encuentran en zonas
declaradas de alto riesgo de incendio. Tampoco están afectados por un riesgo alto
derivado del transporte por carretera y ferrocarril de sustancias peligrosas y la zona de
actuación no se encuentra afectada por las zonas de intervención y alerta de
establecimientos afectados por la Directiva Seveso.
El promotor señala que toma razón de dichas alegaciones.
La Agencia de Protección Civil de la Junta de Castilla y León señala que el riesgo de
inundación en Segovia es medio, mientras que en Martín Miguel, Abades y Valverde del
Majano no presentan riesgo. Ninguno de los municipios cuenta con un índice de riesgo
de incendios forestales alto ni se encuentra afectado por un riesgo alto derivado del
transporte por carretera y ferrocarril de sustancias peligrosas. Además, los municipios no
se encuentran afectados por la Zona de Alerta e Intervención de los establecimientos
afectados por la Directiva Seveso.
En relación con los planes de autoprotección y el riesgo hacia las personas, sus
bienes y el medio ambiente se incorporan las condiciones 29 y 30 a la presente
resolución.
D. Programa de vigilancia ambiental. El EsIA incluye un plan de vigilancia ambiental
(PVA) que se realizará durante todas las fases del proyecto (obra, ejecución y
desmantelamiento), para controlar y supervisar que se llevan a cabo todas las medidas
establecidas en dicho EsIA. El PVA propuesto por el promotor persigue los siguientes
objetivos: comprobar que las medidas preventivas y correctoras propuestas se han
realizado; proporcionar información sobre la calidad y oportunidad de las medidas
correctoras adoptadas; proporcionar advertencias inmediatas acerca de los valores
alcanzados por los indicadores ambientales seleccionados, respecto de los niveles
críticos preestablecidos; detectar alteraciones no previstas, con la consiguiente definición
de nuevas medidas correctoras; comprobar la cuantía de aquellos impactos cuya
predicción sólo puede realizarse cualitativamente; y la aplicación de nuevas medidas
correctoras en el caso de que las anteriormente definidas sean insuficientes.
Durante la fase de obras, el técnico ambiental realizará visitas semanales a la obra
en las que seguirá un protocolo de seguimiento ambiental, que incluirá además un
Programa de Puntos de Inspección (PPI). Tras cada visita, se presentarán los resultados
a la Dirección de Obra con el fin de notificar incorrecciones en el cumplimiento de las
medidas preventivas y correctoras. Por otro lado, desde el inicio de la fase de ejecución,
se realizará un seguimiento ambiental que incluya fundamentalmente las siguientes
acciones:
− Control de las emisiones de contaminantes atmosféricos como consecuencia del
tránsito de maquinaria de transporte y movimiento de tierras. Control de las emisiones de
gases y partículas.
− Control de ruidos y confort sonoro. Control del cumplimiento de las
especificaciones de la legislación sectorial vigente.
− Control exhaustivo del estado de los ejemplares arbóreos. Identificación, de los
ejemplares objeto de corta y, ejemplares a mantener. Eficacia de medidas protectoras y
número de ejemplares objeto de poda y/o resalveo con afecciones radiculares finalmente
cortados.
− Control de la aparición de procesos erosivos.
− Control de vertidos de materiales y/o acopios fuera de la zona de las obras
planteadas.
− Inspección del correcto acopio de la tierra vegetal para su posterior uso.
− Control del éxito de las revegetaciones realizadas.
− Propuesta sobre la marcha de nuevas medidas preventivas y/o correctoras si los
parámetros analizados se desviasen de los esperados.

cve: BOE-A-2022-19805
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Núm. 285