III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-19805)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques fotovoltaicos Castaño 120 MW, Baobab 85 MW, Serbal 145 MW y Pato 100 MW, y parte de su infraestructura de evacuación asociada, TTMM: Martín Miguel, Abades y Valverde del Majano (Segovia)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 28 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 162687
Lecheros y La Mora). Las medidas que propone el organismo para reducir los impactos
sobre estos elementos son:
– Señalización y balizamiento de elementos etnográficos y arquitectura religiosa
durante la fase de obras.
– Seguimiento y control de los movimientos de tierras en fase de proyecto, en el
zanjeado para el trazado de la línea eléctrica en el entorno de la ermita y del trazado del
Vía Crucis.
– En el ámbito del yacimiento arqueológico de La Mora, excluir el proyecto
constructivo o, al menos, las actuaciones que impliquen movimiento de tierras. En caso
contrario, será necesario hacer estudios arqueológicos previos al inicio de las obras.
En relación con Pato Solar, se detecta un yacimiento arqueológico inédito, «Las
Asomadillas». Para su protección, el organismo propone un control arqueológico de los
movimientos de tierras necesarios durante la fase de obras; la exclusión del proyecto de
la superficie correspondiente al nuevo yacimiento; o bien, no realizar ningún tipo de
movimiento del terreno en esas parcelas.
Finalmente, en el caso de Serbal Solar, se identifican tres elementos (Casa del Pinar,
El Balagar y Caceras de Miguel Hortelano). Se propone un control arqueológico de los
movimientos de tierras necesarios durante la fase de obras; la exclusión del proyecto de
la superficie correspondiente a los yacimientos de Casa del Pinar y el Balagar, o bien no
realizar ningún tipo de movimientos del terreno en esas parcelas.
El promotor establece como zonas de exclusión del proyecto todas las áreas de
nuevos yacimientos identificadas, de manera que en ellas no se podrá instalar ningún
elemento de ninguna de las plantas, ni líneas de evacuación subterráneas y subestación
de elevación. Además, se compromete a excluir de las zonas de yacimientos cualquier
movimiento de tierras y, en caso de ser necesario el movimiento de tierras en zona de
hallazgo, se solicitarán al Servicio Territorial de Cultura y Turismo de la Delegación
Territorial de Segovia de la Junta de Castilla y León los permisos necesarios para la
realización de un sondeo previo que descarte la existencia de elementos de valor
histórico y arqueológico en subsuelo.
Las modificaciones en la red eléctrica del proyecto también son valoradas por la
Comisión Territorial de Patrimonio Cultural del Servicio Territorial de Segovia que, en un
segundo informe, indica que dichas modificaciones no suponen grandes cambios en sus
resultados y conclusiones. Señala tres yacimientos cercanos a los límites de los trazados
proyectados: la Cacera de las Ermitas (en Martín Miguel), El Balagar (en Valverde del
Majano) y Casa del Pinar (en Valverde del Majano). En este último elemento, el área de
dispersión de restos en superficie se ve atravesada por el trazado de la línea eléctrica
subterránea durante 337,50 m. El promotor propone una medida compensatoria que
consiste en retirar la tierra vegetal con retroexcavadora giratoria provista de cazo de
limpieza, bajo supervisión arqueológica hasta alcanzar el terreno geológico o bien hasta
poner al descubierto depósitos o estructuras antrópicas. Ante esta última eventualidad,
se indica que se paralizarán los trabajos y se notificará la circunstancia al Servicio
Territorial de Cultura y Turismo para su valoración y replanteo de otras actuaciones. El
organismo acepta esta medida compensatoria y no observa impedimentos objetivos ni
puede determinar el riesgo de daños que podría afectar al yacimiento a partir de la
información que se tiene de él.
Además, el organismo acepta las medidas propuestas por el promotor en el informe
presentado tras la prospección arqueológica de fecha 23 de septiembre de 2021 y que
señala:
− Se retirará la tierra vegetal con retroexcavadora giratoria provista de cazo de
limpieza, bajo supervisión arqueológica hasta alcanzar el terreno geológico o bien hasta
poner al descubierto depósitos o estructuras antrópicas.
− La intervención arqueológica se realizará con tres meses al menos de antelación al
inicio de las obras.
cve: BOE-A-2022-19805
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 285
Lunes 28 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 162687
Lecheros y La Mora). Las medidas que propone el organismo para reducir los impactos
sobre estos elementos son:
– Señalización y balizamiento de elementos etnográficos y arquitectura religiosa
durante la fase de obras.
– Seguimiento y control de los movimientos de tierras en fase de proyecto, en el
zanjeado para el trazado de la línea eléctrica en el entorno de la ermita y del trazado del
Vía Crucis.
– En el ámbito del yacimiento arqueológico de La Mora, excluir el proyecto
constructivo o, al menos, las actuaciones que impliquen movimiento de tierras. En caso
contrario, será necesario hacer estudios arqueológicos previos al inicio de las obras.
En relación con Pato Solar, se detecta un yacimiento arqueológico inédito, «Las
Asomadillas». Para su protección, el organismo propone un control arqueológico de los
movimientos de tierras necesarios durante la fase de obras; la exclusión del proyecto de
la superficie correspondiente al nuevo yacimiento; o bien, no realizar ningún tipo de
movimiento del terreno en esas parcelas.
Finalmente, en el caso de Serbal Solar, se identifican tres elementos (Casa del Pinar,
El Balagar y Caceras de Miguel Hortelano). Se propone un control arqueológico de los
movimientos de tierras necesarios durante la fase de obras; la exclusión del proyecto de
la superficie correspondiente a los yacimientos de Casa del Pinar y el Balagar, o bien no
realizar ningún tipo de movimientos del terreno en esas parcelas.
El promotor establece como zonas de exclusión del proyecto todas las áreas de
nuevos yacimientos identificadas, de manera que en ellas no se podrá instalar ningún
elemento de ninguna de las plantas, ni líneas de evacuación subterráneas y subestación
de elevación. Además, se compromete a excluir de las zonas de yacimientos cualquier
movimiento de tierras y, en caso de ser necesario el movimiento de tierras en zona de
hallazgo, se solicitarán al Servicio Territorial de Cultura y Turismo de la Delegación
Territorial de Segovia de la Junta de Castilla y León los permisos necesarios para la
realización de un sondeo previo que descarte la existencia de elementos de valor
histórico y arqueológico en subsuelo.
Las modificaciones en la red eléctrica del proyecto también son valoradas por la
Comisión Territorial de Patrimonio Cultural del Servicio Territorial de Segovia que, en un
segundo informe, indica que dichas modificaciones no suponen grandes cambios en sus
resultados y conclusiones. Señala tres yacimientos cercanos a los límites de los trazados
proyectados: la Cacera de las Ermitas (en Martín Miguel), El Balagar (en Valverde del
Majano) y Casa del Pinar (en Valverde del Majano). En este último elemento, el área de
dispersión de restos en superficie se ve atravesada por el trazado de la línea eléctrica
subterránea durante 337,50 m. El promotor propone una medida compensatoria que
consiste en retirar la tierra vegetal con retroexcavadora giratoria provista de cazo de
limpieza, bajo supervisión arqueológica hasta alcanzar el terreno geológico o bien hasta
poner al descubierto depósitos o estructuras antrópicas. Ante esta última eventualidad,
se indica que se paralizarán los trabajos y se notificará la circunstancia al Servicio
Territorial de Cultura y Turismo para su valoración y replanteo de otras actuaciones. El
organismo acepta esta medida compensatoria y no observa impedimentos objetivos ni
puede determinar el riesgo de daños que podría afectar al yacimiento a partir de la
información que se tiene de él.
Además, el organismo acepta las medidas propuestas por el promotor en el informe
presentado tras la prospección arqueológica de fecha 23 de septiembre de 2021 y que
señala:
− Se retirará la tierra vegetal con retroexcavadora giratoria provista de cazo de
limpieza, bajo supervisión arqueológica hasta alcanzar el terreno geológico o bien hasta
poner al descubierto depósitos o estructuras antrópicas.
− La intervención arqueológica se realizará con tres meses al menos de antelación al
inicio de las obras.
cve: BOE-A-2022-19805
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 285