III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Sistema de acogida de protección internacional. (BOE-A-2022-19819)
Resolución de 14 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Atención Humanitaria e Inclusión Social de la Inmigración, por la que se establece la planificación de prestaciones, actuaciones y servicios que deben atenderse dentro del programa de atención humanitaria mediante acción concertada para los ejercicios 2023-2026.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 285

Lunes 28 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 162810

Las actuaciones incluidas en el servicio de atención en costas son:
a) Atención a personas migrantes en situación irregular en el momento de su
llegada a las costas españolas o en la entrada a las ciudades de Ceuta y Melilla, a través
de la prestación de los siguientes servicios:
1.º Valoración de la situación sanitaria en el momento de la llegada y asistencia
sanitaria urgente, y en su caso, para realizar una derivación posterior a los servicios
públicos de salud.
2.º Realización de los primeros auxilios y las técnicas de soporte vital básico y, en
su caso, cuando sea posible prestarlo, soporte vital avanzado, incluyendo la realización
del transporte sanitario asistencial urgente.
3.º Recogida de información y datos básicos de las personas a la llegada.
4.º Provisión de información básica sobre el proceso a seguir a partir de la llegada.
5.º Suministrar y distribuir elementos básicos de alimentación (agua, bebidas
calientes, bebidas energéticas, alimentos sólidos), abrigo (vestuario, mantas) e higiene
(estuches higiénicos).
6.º Realizar labores de búsqueda y salvamento de personas en peligro o riesgo en
el mar. Cuando sea posible, se dispondrán las embarcaciones y tripulaciones que
cuenten con socorristas.
7.º Valoración previa de posibles vulnerabilidades, incluida la vulnerabilidad
sanitaria, la detección de necesidades específicas de acogida y la detección precoz de
posibles situaciones de trata, así como de potenciales solicitantes de protección
internacional, de cara a la posterior derivación a plazas del programa de atención
humanitaria o del sistema de acogida de protección internacional.
8.º Otras actuaciones dirigidas al cumplimiento de los objetivos de acogida
humanitaria.
b) Atención a grandes llegadas, a través de la prestación de las mismas
actuaciones del párrafo anterior cuando surja una situación de emergencia humanitaria
derivada de la llegada de grandes contingentes de personas migrantes irregulares a
costas o por vía terrestre a las ciudades de Ceuta y Melilla.
c) Formación del personal voluntario y contratado para la realización de este
programa. Esta actuación tiene por objeto alcanzar la capacitación necesaria para el
desarrollo de las actividades, tanto en términos de titulación como de adecuación a
la tarea.
5. Servicio de atención sociosanitaria en los centros de estancia temporal de
inmigrantes (CETI) de Ceuta y Melilla y en otros centros de titularidad pública:

a) Información, orientación e intervención social. Seguimiento individual de las
personas destinatarias.
b) Atención psicológica.
c) Asistencia jurídica.
d) Traducción e interpretación.
e) Formación, ocio y tiempo libre.
f) Actividades de asistencia sanitaria.
B.

Planificación de las necesidades para el ejercicio 2023

El conjunto de actuaciones y servicios a prestar definidos en el apartado A de este
anexo, junto con los recursos económicos, materiales y personales, adecuados y

cve: BOE-A-2022-19819
Verificable en https://www.boe.es

El objeto de este proyecto es complementar la atención y servicios que se prestan en
los centros de acogida de titularidad pública, pudiendo desarrollar las siguientes
actuaciones: