I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Avales. (BOE-A-2022-19624)
Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de noviembre de 2022, por el que se realiza una segunda modificación del Acuerdo de 10 de mayo de 2022, por el que se establecen los términos y condiciones del primer tramo de la línea de avales a financiación concedida a empresas y autónomos establecida por el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 284

Sábado 26 de noviembre de 2022

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
19624

Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Secretaría de Estado de
Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del
Consejo de Ministros de 22 de noviembre de 2022, por el que se realiza una
segunda modificación del Acuerdo de 10 de mayo de 2022, por el que se
establecen los términos y condiciones del primer tramo de la línea de avales
a financiación concedida a empresas y autónomos establecida por el Real
Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes
en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas
y sociales de la guerra en Ucrania.

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 22 de noviembre de 2022, ha
adoptado un Acuerdo por el que se realiza una segunda modificación del Acuerdo del
Consejo de Ministros, de 10 de mayo de 2022, por el que se establecen los términos y
condiciones del primer tramo de la línea de avales a financiación concedida a empresas
y autónomos establecida por el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se
adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las
consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
A los efectos de dar publicidad al mencionado Acuerdo del Consejo de Ministros
de 22 de noviembre de 2022, esta Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la
Empresa ha resuelto disponer la publicación del mismo en el «Boletín Oficial del Estado»
como anexo a la presente resolución.
Madrid, 24 de noviembre de 2022.–El Secretario de Estado de Economía y Apoyo a
la Empresa, Gonzalo García Andrés.
ANEXO
El Consejo de Ministros

1. Modificar el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 10 de mayo de 2022, por el
que se establecen los términos y condiciones del primer tramo de la línea de avales a
financiación concedida a empresas y autónomos establecida por el Real Decretoley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del
Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en
Ucrania, conforme a lo establecido en el anexo.
2. Instruir al Instituto de Crédito Oficial para que amplíe el plazo de solicitud de los
avales hasta el 1 de diciembre de 2023.
3. Facultar al Instituto de Crédito Oficial para que, en el ámbito de sus
competencias y a través de sus órganos competentes, resuelva cuantas incidencias
prácticas pudiesen plantearse para la ejecución de los avales contemplados en este
acuerdo durante toda la vigencia de las operaciones. En aquellas cuestiones que puedan
tener implicaciones presupuestarias o para su equilibrio financiero, el Instituto de Crédito
Oficial podrá hacer las propuestas correspondientes a la Comisión Delegada del
Gobierno para Asuntos Económicos para su consideración.
4. Autorizar al Instituto de Crédito Oficial a cargar en el Fondo de Provisión creado
por el Real Decreto-Ley 12/1995, de 28 de octubre, sobre medidas urgentes en materia

cve: BOE-A-2022-19624
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