III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-19670)
Resolución de 18 de noviembre de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, en materia de investigación sobre el SARS-CoV-2 y la enfermedad COVID-19, financiada por REACT-UE del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, Proyecto SARSNO-CM.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 284

Sábado 26 de noviembre de 2022

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la técnica y de la cultura, la contribución a la formación de las personas en sus capacidades
intelectuales, de trabajo, de criterio ético, de responsabilidad y de integración en su entorno,
en un marco de libertad y de apoyo a la creatividad y al esfuerzo, la preparación para el
ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y métodos
científicos y técnicos o de creación artística, el apoyo científico y técnico al desarrollo
cultural, social y económico de la sociedad, la difusión de la educación y la cultura, la
difusión de conocimientos científicos y técnicos, así como de actividades de creación
artística, el estímulo y participación en el desarrollo y perfeccionamiento del sistema
educativo, el apoyo y estímulo a la empresa pública y privada en el proceso de actualización
e innovación tecnológica, la cooperación para el desarrollo humano a través de estrategias
que incidan en la generación y difusión del conocimiento destinado al progreso de los
sectores más desfavorecidos de la sociedad y a la mejora de la equidad.
Segundo.

Fines del CSIC.

Que el CSIC es un Organismo Público de Investigación, adscrito al Ministerio de
Ciencia e Innovación a través de la Secretaría General de Investigación. Su objetivo
fundamental es desarrollar y promover investigaciones en beneficio del progreso
científico y tecnológico, para lo cual está abierta a la colaboración con entidades
españolas y extranjeras. Según su Estatuto (artículo 4), tiene como misión el fomento, la
coordinación, el desarrollo y la difusión de la investigación científica y tecnológica, de
carácter pluridisciplinar, con el fin de contribuir al avance del conocimiento y al desarrollo
económico, social y cultural, así como a la formación de personal y al asesoramiento a
entidades públicas y privadas en estas materias.
El CSIC está constituido como agencia estatal y, en dicha condición, se rige por lo
establecido en los artículos 108 bis a 108 sexies (introducidos por la Ley de PGE
para 2021) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de 2015, de Régimen Jurídico del Sector
Público (LRJSP). La actuación del CSIC está sujeta además a las disposiciones de su
Estatuto, aprobado por Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre, y a lo previsto en el
artículo 34.1 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la
Innovación.
El Estatuto del CSIC en sus artículos 5.c) y 5 n) recoge, respectivamente, entre sus
funciones: el proporcionar servicios científicos-técnicos a instituciones públicas, entre
otras, y colaborar con las universidades en actividades de investigación científica y
desarrollo tecnológico.
El CSIC cuenta con institutos de investigación sin personalidad jurídica propia entre
los que se encuentra el Instituto de Micro y Nanotecnología (IMN-CNM), perteneciente al
Área Científica de Ciencia y Tecnologías Físicas.
Normativa aplicable.

El presente convenio se rige directamente por las disposiciones contenidas en el
capítulo VI del título preliminar de la LRJSP, y se encuentra al amparo del artículo 6 de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP),
que excluye textualmente del ámbito de aplicación de la citada norma «los convenios,
cuyo contenido no esté comprendido en el de los contratos regulados en esta Ley o en
normas administrativas especiales celebrados entre sí por la Administración General del
Estado, las Entidades Gestoras y los Servicios Comunes de la Seguridad Social, las
Universidades Públicas, las Comunidades Autónomas….», siempre y cuando se
cumplan las siguientes condiciones:
a) Las entidades intervinientes están incluidas dentro de las tipologías descritas en
el artículo 6.1 de la LCSP: en el caso de CSIC como Administración General del Estado
y en el caso de la UPM como Universidad Pública.
b) Las entidades intervinientes no tienen vocación de mercado en el desarrollo de
las tareas que son objeto del presente convenio. La presente investigación pretende

cve: BOE-A-2022-19670
Verificable en https://www.boe.es

Tercero.