II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-19590)
Resolución de 9 de noviembre de 2022, de la Universidad de Barcelona, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283
Viernes 25 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 160723
sus datos personales que sean necesarios para tramitar todas las gestiones que se
produzcan en relación con este proceso selectivo, y para ser notificada, en su caso,
electrónicamente al correo electrónico y al móvil que facilite.
3.7 No presentar dentro del plazo la solicitud, debidamente firmada, o los
documentos constitutivos de requisito será causa de exclusión del concurso.
3.8 De los documentos que hayan sido expedidos por la UB no es necesario
aportar copia, pero sí es necesario alegar que la UB los incorpore al expediente
indicando órgano y fecha de expedición. Asimismo, tampoco será necesario aportar la
documentación que conste en poder de la UB. En este último caso deberá indicarse en
qué expediente se aportó.
4.
Declaración de personas admitidas y excluidas
5.
Las comisiones de selección
5.1 El vicerrector adjunto al rector y de Personal Docente e Investigador, por
delegación del rector, nombrará las comisiones de selección para adjudicar las plazas
convocadas en los concursos regulados por estas bases. Estas comisiones estarán
constituidas por cinco miembros titulares y cinco suplentes, de la siguiente manera:
a) El presidente o presidenta y su suplencia, designados por el rector o por el
vicerrector adjunto al rector y de Personal Docente e Investigador.
cve: BOE-A-2022-19590
Verificable en https://www.boe.es
4.1 Una vez finalizado el plazo para presentar las solicitudes, el vicerrector adjunto
al rector y de Personal Docente e Investigador, por delegación del rector, dictará
resolución en el plazo máximo de 20 días hábiles y declarará aprobada la lista
provisional de personas admitidas y excluidas, identificadas con el nombre y apellidos,
con indicación de las causas de exclusión.
Esta resolución se hará pública en la sede electrónica de la Universidad de
Barcelona, sin perjuicio de su difusión adicional en la dirección https://
intranet.ub.edu/dyn/cms/02_treball_UB/02_concursos_i_oposicions/1_concursos_pdi/
1_personal_academic_funcionari/oberts/index.html y otros tablones.
4.2 Las personas interesadas podrán reparar el defecto o el error que haya
causado su exclusión, a excepción del pago de la tasa, o completar la documentación en
el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación
de la lista provisional de personas admitidas y excluidas en la sede electrónica.
En cualquier caso, solo se valorarán los requisitos y los méritos certificados hasta el
último día de presentación de solicitudes.
4.3 Las personas que no subsanen o rectifiquen dentro del plazo indicado el
defecto o error que haya motivado su exclusión, se considerará que desisten de su
petición, quedando definitivamente excluidas de la convocatoria.
Los escritos o reclamaciones que se presenten en relación con la lista provisional se
resolverán mediante la publicación de la lista definitiva, contra la que se podrán
interponer los recursos pertinentes.
4.4 En el plazo máximo de veinte días hábiles posteriores a la finalización del plazo
de subsanación de la lista provisional, el vicerrector adjunto al rector y de Personal
Docente e Investigador, por delegación del rector, dictará la resolución por la que se
acuerda la lista definitiva de personas admitidas y excluidas. Se hará pública en la sede
electrónica, sin perjuicio de la difusión expresada en la base 4.1.
Contra esta resolución se podrán interponer los recursos previstos a tal efecto en la
base 13.
4.5 Las personas candidatas al concurso que renuncien a participar en cualquier
momento del proceso selectivo deberán comunicárselo al rector mediante escrito firmado
por alguno de los procedimientos previstos para la presentación de la solicitud.
4.6 La UB podrá rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de la
persona interesada, los errores aritméticos, materiales o de hecho de sus actos.
Núm. 283
Viernes 25 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 160723
sus datos personales que sean necesarios para tramitar todas las gestiones que se
produzcan en relación con este proceso selectivo, y para ser notificada, en su caso,
electrónicamente al correo electrónico y al móvil que facilite.
3.7 No presentar dentro del plazo la solicitud, debidamente firmada, o los
documentos constitutivos de requisito será causa de exclusión del concurso.
3.8 De los documentos que hayan sido expedidos por la UB no es necesario
aportar copia, pero sí es necesario alegar que la UB los incorpore al expediente
indicando órgano y fecha de expedición. Asimismo, tampoco será necesario aportar la
documentación que conste en poder de la UB. En este último caso deberá indicarse en
qué expediente se aportó.
4.
Declaración de personas admitidas y excluidas
5.
Las comisiones de selección
5.1 El vicerrector adjunto al rector y de Personal Docente e Investigador, por
delegación del rector, nombrará las comisiones de selección para adjudicar las plazas
convocadas en los concursos regulados por estas bases. Estas comisiones estarán
constituidas por cinco miembros titulares y cinco suplentes, de la siguiente manera:
a) El presidente o presidenta y su suplencia, designados por el rector o por el
vicerrector adjunto al rector y de Personal Docente e Investigador.
cve: BOE-A-2022-19590
Verificable en https://www.boe.es
4.1 Una vez finalizado el plazo para presentar las solicitudes, el vicerrector adjunto
al rector y de Personal Docente e Investigador, por delegación del rector, dictará
resolución en el plazo máximo de 20 días hábiles y declarará aprobada la lista
provisional de personas admitidas y excluidas, identificadas con el nombre y apellidos,
con indicación de las causas de exclusión.
Esta resolución se hará pública en la sede electrónica de la Universidad de
Barcelona, sin perjuicio de su difusión adicional en la dirección https://
intranet.ub.edu/dyn/cms/02_treball_UB/02_concursos_i_oposicions/1_concursos_pdi/
1_personal_academic_funcionari/oberts/index.html y otros tablones.
4.2 Las personas interesadas podrán reparar el defecto o el error que haya
causado su exclusión, a excepción del pago de la tasa, o completar la documentación en
el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación
de la lista provisional de personas admitidas y excluidas en la sede electrónica.
En cualquier caso, solo se valorarán los requisitos y los méritos certificados hasta el
último día de presentación de solicitudes.
4.3 Las personas que no subsanen o rectifiquen dentro del plazo indicado el
defecto o error que haya motivado su exclusión, se considerará que desisten de su
petición, quedando definitivamente excluidas de la convocatoria.
Los escritos o reclamaciones que se presenten en relación con la lista provisional se
resolverán mediante la publicación de la lista definitiva, contra la que se podrán
interponer los recursos pertinentes.
4.4 En el plazo máximo de veinte días hábiles posteriores a la finalización del plazo
de subsanación de la lista provisional, el vicerrector adjunto al rector y de Personal
Docente e Investigador, por delegación del rector, dictará la resolución por la que se
acuerda la lista definitiva de personas admitidas y excluidas. Se hará pública en la sede
electrónica, sin perjuicio de la difusión expresada en la base 4.1.
Contra esta resolución se podrán interponer los recursos previstos a tal efecto en la
base 13.
4.5 Las personas candidatas al concurso que renuncien a participar en cualquier
momento del proceso selectivo deberán comunicárselo al rector mediante escrito firmado
por alguno de los procedimientos previstos para la presentación de la solicitud.
4.6 La UB podrá rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de la
persona interesada, los errores aritméticos, materiales o de hecho de sus actos.