III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Subvenciones. (BOE-A-2022-19605)
Resolución de 15 de noviembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre la concesión de subvenciones a los programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, para el año 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283

Viernes 25 de noviembre de 2022

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de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades» se ha recabado la
autorización del Consejo de Ministros de cuatro de octubre de dos mil veintidós.
Asimismo, y con anterioridad a la celebración del Consejo Territorial de Servicios
Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia y de acuerdo a lo
establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
se recabó informe preceptivo, y favorable, y vinculante de la Secretaria de Estado de
Presupuestos y Gastos del Ministerio de Hacienda, sobre cumplimiento del artículo 20.3
de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad
Financiera.
El Acuerdo que se eleva al Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema
para la Autonomía y Atención a la Dependencia tiene por objeto formalizar los
compromisos acordados por el pleno del Consejo en su sesión de 27 de junio de 2022 y,
concretamente, la distribución entre las comunidades autónomas del crédito
presupuestario 29.05.231F.454 «Para actividades de competencia autonómica de interés
general consideradas de interés social con cargo al 0,7 % del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades» sin que en ningún caso
pueda entenderse que el mismo implique su ejecución, el nacimiento de ningún tipo de
obligación económica con cargo a los Presupuestos Generales del Estado a favor de las
comunidades autónomas, ni en consecuencia, la existencia de ningún derecho de cobro
de las comunidades autónomas frente a la Administración General del Estado o sus
entidades públicas vinculadas o dependientes.
Con posterioridad a este Acuerdo, el órgano competente del Ministerio de Derechos
Sociales y Agenda 2030 aprobará las resoluciones a través de las cuales se formalizan
los compromisos financieros resultantes, de acuerdo con la regla cuarta de del
artículo 86.2 de la citada Ley 47/2003, General Presupuestaria, y la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercera.
Atendiendo a la importancia central que para el normal funcionamiento del Tercer
Sector de Acción Social en España tienen los fondos procedentes de las subvenciones a
los programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del IRPF
y del Impuesto sobre Sociedades, las comunidades autónomas y ciudades con estatuto
de autonomía han manifestado reiteradamente la necesidad de que la tramitación y
gestión de dichas subvenciones para el año 2022 pueda llevarse a cabo cuanto antes
con el fin de facilitar que las respectivas convocatorias autonómicas de subvenciones
puedan desarrollarse con normalidad.

Según consta en certificado del importe definitivo procedente de la asignación
tributaria correspondiente a fines sociales del IRPF, expedido por el Servicio de Estudios
Tributarios y Estadísticas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, ha habido
un ligero incremento en la recaudación de las cantidades destinadas a subvencionar los
programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del IRPF si
bien se ha dado un descenso en la recaudación correspondiente a este mismo concepto
en lo relativo al Impuesto sobre Sociedades. Ello se debe, fundamentalmente, a que el
ejercicio tributario de la recaudación a distribuir el año 2022 se corresponde con la del
año 2020, año de la emergencia sanitaria de la COVID-19, que tuvo un considerable
impacto en el tejido social y empresarial de nuestro país por lo que, la suma a distribuir
entre los dos tramos, el estatal y el autonómico, es menor que la correspondiente al
año 2021.

cve: BOE-A-2022-19605
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Cuarta.