III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sistema gasista. (BOE-A-2022-19608)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la normativa de gestión técnica del sistema gasista sobre programaciones, nominaciones, repartos, balances, la gestión y uso de las conexiones internacionales y los autoconsumos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283

Viernes 25 de noviembre de 2022






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pd es la presión del gas a la salida del regulador.
pb es la presión atmosférica (presión absoluta).
pu es la presión del gas a la entrada del regulador.
d es la densidad relativa del gas.
tu es la presión del gas a la salida del regulador.

Para determinar correctamente la capacidad del sistema de regulación, se tendrá en
cuenta además las siguientes consideraciones:
– La capacidad disminuirá con la presión de entrada, por lo que se debe considerar
el escenario de la presión mínima de entrada esperable.
– En configuraciones con varios sistemas de seguridad de presión, de acuerdo a lo
indicado en la norma UNE-EN 12186, en aquellos en los que se instalen en las líneas de
regulación un regulador principal y u regulador monitor y/o una válvula de interceptación de
seguridad, se debe tener en cuenta la reducción de capacidad y pérdida de carga de cada
elemento.
6.3.2 Unidad de medida. En cuanto a la unidad de medida, se considera que en las
ERM la medición del gas se realiza con turbina, siendo el cálculo de su capacidad:
Q = 1,6 G Psal
En esta fórmula se observa como la capacidad de medida de una turbina se calcula
por G, que es el tamaño estándar de la turbina, Psal que es la presión absoluta de
contaje y el coeficiente 1,6 (el tamaño estándar siguiente al considerado).
6.3.3 Medidores por ultrasónicos. En el caso de que la medida se realice con un
medidor por ultrasonidos, su capacidad será la indicada por el fabricante, siendo la
velocidad del gas el parámetro que limitará esta capacidad. Esta velocidad no debe
superar los 20 m/sg.
6.3.4 Parámetros y consideraciones para el cálculo de las capacidades de una
estación de regulación y/o medida. En resumen, la capacidad de una estación de
regulación y/o medida se calculará teniendo en cuenta:
– Número de líneas.
– Capacidad de regulación conjunto de las válvulas de regulación.
– Capacidad de medida del contador empleado, función del tamaño estándar del mismo.
– Condiciones de presión y temperatura, y en particular la presión operativa de
entrada y la presión absoluta de salida.
Si otro parámetro diferente a los mencionados fuese considerado en los cálculos, el
operador lo tendrá que informar para que sea conocido por los usuarios del sistema.
Toda esta información será considerada durante el desarrollo anual del documento
de «Criterios de definición del grado de saturación de las ERMs/EMs y procedimiento de
realización de propuestas de actuación».

V = (Pm . Vg)/Z
Siendo:





V: Capacidad del gasoducto en m3(n).
Pm: Presión absoluta media del gasoducto en bar.
Vg: Volumen geométrico del gasoducto en m3.
Z: Factor de compresibilidad del gas en condiciones normales.

cve: BOE-A-2022-19608
Verificable en https://www.boe.es

6.4 Cálculo de la capacidad de llenado de un gasoducto. La cantidad de gas que un
gasoducto puede contener se determina en función del producto de tres variables, de la
forma siguiente: