III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sistema gasista. (BOE-A-2022-19608)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la normativa de gestión técnica del sistema gasista sobre programaciones, nominaciones, repartos, balances, la gestión y uso de las conexiones internacionales y los autoconsumos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283

Viernes 25 de noviembre de 2022

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En caso de tratarse de un intercambio de gas en PVB, se indicará dicha operación.
En el caso de las entradas y salidas por conexiones internacionales por gasoducto con
terceros países y yacimientos, se proporcionará además el nombre de la interconexión
que prestará el servicio. Cuando se trate de una conexión internacional con países
europeos, se indicará el punto de conexión virtual.
No será necesario que los usuarios programen entradas y salidas en PVB desde o
hacia los almacenamientos subterráneos, pues el GTS tomará como tales sus
programaciones de inyección y extracción en AVB. Igualmente, tampoco será necesaria
la programación de salida de PVB hacia plantas de regasificación, pues el GTS tomará
como tal la programación de licuefacción virtual en TVB.
5.

Tratamiento de las programaciones

5.1 Estado de las programaciones. Una programación podrá estar en alguno de los
siguientes estados:

Los agentes podrán, en cualquier momento, consultar el estado en el que se
encuentren sus programaciones. Los agentes podrán reclamar las programaciones
confirmadas y rechazadas conforme a lo dispuesto en el capítulo X.
5.2 Consideraciones generales. Se considerará como programación del usuario la
última programación enviada al SL-ATR dentro del plazo establecido para su envío.
Solo cuando el agente obligado no haya remitido la programación semanal, se
considerará la programación enviada en el horizonte de programación mensual
correspondiente ala semana no programada. En caso de ausencia de una programación
enviada para el periodo, a efectos de la organización logística del uso de las
infraestructuras, se considerará una cantidad programada igual a cero, si bien el agente
verá un campo vacío en sus consultas al SL-ATR sobre la programación no enviada. No
se empleará la programación de horizonte anual para sustituir programaciones de
horizontes temporales inferiores.
El GTS llevará una monitorización continua de la información de programación
remitida al SL-ATR por cada usuario, con objeto de poder identificar cualquier situación
que ponga en riesgo la correcta operación de las instalaciones, los derechos adquiridos
por terceros o la seguridad de suministro.
5.3 Tratamiento en AVB. El GTS actuará como coordinador de los operadores de
infraestructuras de almacenamiento subterráneo para determinar los programas de
inyección y extracción de cada instalación en función de las programaciones de los
usuarios, con el objeto de garantizar la utilización de cada infraestructura, aplicando
criterios de seguridad y eficiencia y para satisfacer las solicitudes de los usuarios. Para
ello, el GTS, teniendo en cuenta las capacidades y disponibilidades de las instalaciones
aportadas por los operadores de los mismos, enviará el programa de funcionamiento
previsto a dichos operadores y estos, en su caso, le trasladarán sus objeciones sobre el
mismo. En función de las objeciones recibidas, el GTS establecerá y comunicará el
programa de funcionamiento definitivo a cada uno de los operadores y las cantidades
programadas confirmadas de inyección y extracción a los usuarios.

cve: BOE-A-2022-19608
Verificable en https://www.boe.es

– Enviada: Estado inicial de la programación, una vez ha sido remitida y registrada
en el SL-ATR correctamente, habiendo superado todas las validaciones del envío al
mismo.
– Procesada: Cuando el análisis de la programación ha sido finalizado por los
responsables correspondientes.
– Confirmada: programación asignada al usuario, que podrá contener una cantidad
igual o inferior a la remitida en la programación enviada por el remitente.
– Rechazada: Programación que no ha sido confirmada por el responsable
correspondiente. En caso de rechazo total o parcial del envío de una programación al
SL-ATR, se indicará el motivo del mismo.