III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Hidrocarburos. (BOE-A-2022-19607)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, sobre la certificación de Enagás Transporte, SAU, con respecto a la participación de Enagás, SA, en un proyecto de desarrollo de una planta de generación de hidrógeno verde.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283

Viernes 25 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 160854

Enagás Renovable, SLU, para actuar como accionista de Power to Green Hydrogen
Mallorca, SL, decidido por la Junta General de Accionistas y permitir que dicho
representante actúe como tal.
3.

Enagás, SA habrá de remitir a la CNMC la siguiente información:

– Anualmente, información sobre las Juntas Generales de la sociedad Power to
Green Hydrogen Mallorca, SL, celebradas, que permita comprobar el cumplimiento de
las medidas propuestas por Enagás, SA
– Una vez que tenga lugar el nombramiento de cualquier nuevo miembro del
Consejo de Administración de la sociedad Power to Green Hydrogen Mallorca, SL, se
habrá de remitir información detallada que dé cuenta y permita comprobar el
cumplimiento de los compromisos de independencia presentados por Enagás, SA en
relación con el nuevo nombramiento.
– Una vez que tenga lugar el nombramiento de cualquier nuevo representante de
Enagás Renovable, SLU, para actuar como accionista de Power to Green Hydrogen
Mallorca, SL, se habrá de remitir información detallada que dé cuenta y permita
comprobar el cumplimiento de los compromisos de independencia presentados por
Enagás, SA en relación con el nuevo nombramiento.
4. Enagás, SA deberá remitir a la CNMC información sobre las siguientes
cuestiones:

5. Las condiciones y obligaciones de remisión de información anteriores se vinculan
al cumplimiento efectivo de las disposiciones previstas en el Pacto de Socios entre
Enagás, SA, Enagás Renovable, SLU, y Clean H2 Infra Fund SLP, en los términos
expresados en el Fundamento de Derecho Octavo de esta Resolución.
6. Cualquier inversión de Enagás en proyectos de producción y suministro de hidrógeno
y biometano que implique la revisión de las condiciones de su certificación como gestor de
red de transporte con separación de propiedad respecto de las actividades de producción y
suministro, será analizada atendiendo los criterios expuestos en la presente resolución, en los
términos indicados en su Fundamento de Derecho Octavo.
Esta Resolución Definitiva será notificada a Enagás Transporte, SAU, a Enagás, SA
y a Power to Green Hydrogen Mallorca, SL, Asimismo, será notificada a la Comisión
Europea y al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 bis, apartado 6, de la Ley 34/1998, de 7
de octubre, del Sector de Hidrocarburos, la resolución será publicada en el BOE.
La presente Resolución agota la vía administrativa, no siendo susceptible de recurso
de reposición. Puede ser recurrida, no obstante, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, de conformidad con lo
establecido en la disposición adicional cuarta, 5, de la Ley 29/1998, de 13 de julio.
Madrid, 10 de noviembre de 2022.–El Secretario del Consejo de la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia, Miguel Bordiu García-Ovies.

cve: BOE-A-2022-19607
Verificable en https://www.boe.es

– Sobre los pactos que Enagás, SA, o cualquiera de sus filiales, suscriba con otros
accionistas de la sociedad Power to Green Hydrogen Mallorca, S.L., así como sobre
cualquier modificación que afecte al Pacto de Socios de la sociedad Power to Green
Hydrogen Mallorca, SL, firmado en diciembre de 2021, en vigor a la fecha de la presente
resolución.
– Sobre los pactos que Enagás, SA, o cualquiera de sus filiales, suscriba con otros
accionistas de Enagás Renovable, SLU, así como sobre cualquier modificación que
afecte al Pacto de socios entre Enagás, SA, Enagás Renovable, SLU, y el fondo Clean
H2 Infra Fund SLP, facilitado a la CNMC, firmado con fecha 20 de julio de 2022, al que se
ha adherido posteriormente Pontegadea Inversiones, SL.
– Sobre su participación o la de cualquiera de sus filiales, en actividades de
producción y/o suministro.