III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Hidrocarburos. (BOE-A-2022-19607)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, sobre la certificación de Enagás Transporte, SAU, con respecto a la participación de Enagás, SA, en un proyecto de desarrollo de una planta de generación de hidrógeno verde.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283

Viernes 25 de noviembre de 2022

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procedimientos de control de las entradas y salidas de gas natural hacia el sistema gasista nacional–
atendiendo a la redacción del propio artículo 54 que contempla la adición de «otros gases» interpretación en
línea con la señalada previamente:
Las NGTS actuales ya tienen en consideración las condiciones singulares de la inyección de gases en la
red, relativas tanto a su calidad como a la medición para el balance del sistema. Aunque esa regulación
actualmente está orientada a la introducción de biogás se podría extender a la introducción de hidrógeno
puesto que se contempla la adición de otros gases».
Además, la normativa sectorial ya prevé la inyección de otros gases distintos del gas natural, recogiendo
especificaciones de calidad, generales y particulares, del gas introducido en los puntos de entrada del Sistema
Gasista: la Resolución de 8 de octubre de 2018, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la
que se modifican las normas de gestión técnica del sistema NGTS-06, NGTS-07 y los protocolos de detalle
PD-01 y PD-02, concreta para el hidrógeno una composición máxima del 5 ciento al definir las especificaciones
de calidad del gas procedente de fuentes no convencionales introducido en el sistema gasista. Esta resolución
modifica la Resolución de 21 de diciembre de 2012, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por
la que se modifica el protocolo de detalle PD-01 «Medición, Calidad y Odorización de Gas» que ya preveía tal
límite.

Así, atendiendo a lo señalado, se concluye en la extensión de las disposiciones que
afectan al gas natural también al hidrógeno renovable, comprendiendo las asociadas al
procedimiento de certificación descrito, criterio compartido por la Comisión Europea a
tenor del dictamen emitido.
De acuerdo con lo expuesto, y a tenor de la propia notificación de Enagás el
procedimiento de certificación se sigue tanto respecto de la pretensión inicial de un
sujeto de ser un gestor de instalaciones de la red troncal de gas natural, como también
respecto de las transacciones ulteriores que puedan afectar al cumplimiento –por parte
de un sujeto ya certificado– de los requisitos de separación.
En el marco de este procedimiento de certificación, el artículo 63 bis contempla la
aprobación, por la CNMC (quien, en los términos de la Ley 3/2013, de 4 de junio, asume
las competencias que ostentaba la CNE), de una resolución provisional (emitida con
fecha 14 de julio de 2022), en la que figurará una decisión preliminar del Organismo, la
cual se ha de someter al dictamen de la Comisión Europea (en cuya conformidad, la
CNMC habrá de resolver con carácter definitivo).
La resolución definitiva de la CNMC ha de aprobarse en el plazo de dos meses
desde la recepción del dictamen de la Comisión Europea. Según el artículo 63 bis de la
Ley 34/1998, la resolución definitiva ha de ser publicada en el BOE, junto con el
dictamen de la Comisión Europea.
Información facilitada por Enagás y objeto del procedimiento.

Enagás informó sobre la puesta en operación del Proyecto Power to Green Hydrogen
Mallorca señalando que el mismo contempla el desarrollo de una planta de generación
de hidrógeno verde a partir de energía renovable fotovoltaica, siendo las plantas
fotovoltaicas las que suministran electricidad al electrolizador para la producción de tal
hidrógeno. Tal hidrógeno verde tendrá múltiples aplicaciones en la isla de Mallorca, como
la generación de calor y energía para edificios comerciales y públicos y la creación de
una estación de abastecimiento y suministro de combustible a flotas de autobuses,
vehículos de transporte de mercancías y vehículos de alquiler de pila de combustible, así
como la inyección a la red cuando estén en funcionamiento las instalaciones necesarias
a tal fin.
Asimismo, indicó que la producción industrial de hidrógeno renovable en la planta se
realizará de manera gradual y a medida que se encuentren disponibles las
infraestructuras y equipamientos para su consumo dentro del Proyecto Green Hysland.
Parte del hidrógeno verde se transportará a través de un hidroducto que la compañía
Redexis tiene previsto construir y que permitirá que el hidrógeno pueda ser inyectado en
la red de distribución de gas natural que dicha compañía dispone en la isla de Mallorca.
Esta inyección podrá realizarse una vez se cumpla con las características de calidad del
gas a inyectar en la red de distribución de gas natural, calidad establecida en la
Resolución de 13 de marzo de 2006, de la Dirección General de Política Energética y
Minas, por la que se establecen los protocolos de destalle de las Normas de Gestión

cve: BOE-A-2022-19607
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Cuarto.