III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Grupos de trabajo. (BOE-A-2022-19532)
Orden PCM/1140/2022, de 22 de noviembre, por la que se crea la Mesa de la Ciencia Pesquera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 282

Jueves 24 de noviembre de 2022
Segundo.

Sec. III. Pág. 160560

Funciones de la Mesa de la Ciencia Pesquera.

La Mesa de la Ciencia Pesquera tendrá las siguientes funciones de asesoramiento y
debate:
a) Impulsar el diálogo entre sector, ciencia, sociedad civil y Administraciones,
favoreciendo un diálogo permanente.
b) Presentar los principales resultados de las evaluaciones y trabajos científicos
coordinados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en los que se
sustentan las decisiones sobre política pesquera, especialmente en materia de TAC y
cuotas.
c) Dar suficiente visibilidad y relevancia a los proyectos y líneas de investigación en
materia pesquera y ciencias marinas, coordinados, impulsados o financiados por el
Ministerio de Ciencia e Innovación o por el Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, facilitando además las sinergias e interacción de todos los interesados, en
el diseño y en el desarrollo de estos, buscando de esta manera la necesaria implicación
de todos ellos.
d) Promover la participación en las convocatorias del Centro para el Desarrollo
Tecnológico Industrial (CDTI) financiadas por el Fondo Europeo Marítimo de la Pesca y
la Acuicultura (FEMPA 2021-2027), y divulgar al conjunto del sector pesquero las
iniciativas empresariales que se apoyan.
e) Contribuir a la consecución de las prioridades y objetivos estratégicos en materia
de ciencia, innovación y desarrollo tecnológico establecidos en la Estrategia Española de
Ciencia Tecnología e Innovación, en coordinación con la Plataforma Tecnológica
Española de la Pesca y la Acuicultura (PTEPA).
f) Facilitar la participación de las entidades españolas en los programas Horizonte
Europa, particularmente en los relacionados con la Misión «Restore our Ocean and
Waters by 2030», que proveerá un enfoque de coordinación con otras políticas y
acciones europeas.
g) Potenciar el liderazgo internacional de la comunidad científica española dedicada
al estudio de los recursos vivos marinos y su sostenibilidad, en especial en relación con
instituciones u organizaciones de asesoramiento supranacionales de interés al sector
pesquero español.
h) Debatir soluciones a los retos a los que se enfrenta el sector pesquero y el
científico y de la innovación, no sólo en lo que se refiere a la situación de los recursos
pesqueros sino también en relación con la sostenibilidad social y económica de la
actividad pesquera.
i) Cualesquiera otros que le encomiende la Presidencia y que se consideren que
contribuyan al mejor respaldo científico de las políticas públicas pesqueras competencia
del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Tercero. Composición de la Mesa de la Ciencia Pesquera.
La Mesa tendrá la siguiente composición:

a) Presidencia: La presidencia corresponderá alternativamente, en función de la
materia a tratar en cada reunión, a la persona titular de la Secretaría General de Pesca
del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y de la Secretaría General de
Investigación del Ministerio de Ciencia e Innovación.
b) Vicepresidencia: La vicepresidencia corresponderá a la persona titular de la
Secretaría General de Pesca del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y de la
Secretaría General de Investigación del Ministerio de Ciencia e Innovación que no
ostente la Presidencia, conforme a la alternancia establecida en la letra a).
c) Secretaría: una persona que sea funcionaria de carrera y preste sus servicios en
el centro directivo que ostente en cada momento la Vicepresidencia, designada por la
Presidencia, y que tendrá la consideración de miembro.

cve: BOE-A-2022-19532
Verificable en https://www.boe.es

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