III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-19469)
Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico El Castillar de 70 MW y su infraestructura de evacuación, ubicado en los municipios de Torremocha del Campo y Algora (Guadalajara)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 23 de noviembre de 2022

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las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) circundantes. Especifica que, a
pesar de la gran población de buitre leonado en la provincia de Guadalajara, los censos
nacionales muestran un declive asociado al incremento de muertes por colisión y
electrocución con aerogeneradores y líneas eléctricas. Destaca también la presencia de
alondra ricotí en la zona, especie fuertemente amenazada y cuyas poblaciones se
encuentran en una importante regresión.
Destaca la localización del área crítica de águila perdicera (en peligro de extinción en
el Catálogo Regional) a 1.800 metros al norte del aerogenerador CR6 (con probable
nidificación en el río Dulce, unos 3 km al N de la poligonal del parque). También identifica
áreas de reproducción del águila real a 2 km de la poligonal. Además, destaca las
rapaces forestales de águila calzada, ratonero, azor y gavilán, que se reproducen en la
Zona de Especial Conservación (ZEC) Rebollar de Navalpotro situado a menos de 500
metros al este de la poligonal, así como los diversos contactos en la zona del proyecto
con varias especies de aves esteparias. El aerogenerador CR3 y un pequeño tramo de la
línea de evacuación se encuentran dentro de un área prioritaria de reproducción,
alimentación, dispersión y concentración local de las especies de aves incluidas en el
CREACLM a los efectos de aplicación del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por
el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la
electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.
Afirma que el proyecto contribuye a la fragmentación del territorio, afectando a
corredores prioritarios según el documento Autopistas Salvajes (WWF España).
Propone incluir como medida preventiva para quirópteros limitar la velocidad de inicio
de funcionamiento de los aerogeneradores a 6 m/s, la adopción del protocolo de parada
de aerogeneradores conflictivos, el seguimiento de las aves rapaces rupícolas y otras
medidas.
En su respuesta, el promotor especifica no haber localizado ningún nido de alimoche
durante el trabajo de campo realizado, registrando a lo largo del ciclo anual solamente
tres contactos con cinco individuos, dos a más de 20 km del parque. Igual sucede con el
águila perdicera. Respecto al águila real indica haber sido contactada en catorce
ocasiones, todas ellas campeando o buscando alimento, por lo que considera que no es
abundante en la zona. Propone la instalación de majanos de conejos en zonas alejadas
del parque eólico.
Indica haber estudiado los corredores prioritarios (WWF) y las conexiones entre
espacios concluyendo que no se elimina ninguna, aunque sí han variado sus distancias;
no se verán afectadas las especies más abundantes y representativas de la zona de
estudio.
En cuanto a las aves rupícolas, el promotor indica que el área de implantación no
alberga el hábitat adecuado para el desarrollo de estas especies (a excepción del buitre
leonado), puesto que la observación de estas aves es ocasional y casi siempre en
desplazamiento. A pesar del gran número de observaciones de buitre leonado, considera
bajo el riesgo de colisión debido a la altura de vuelo y uso de la zona de implantación
como área de paso, motivado en parte por considerarse ya un hábitat alterado al
ubicarse entre una autovía y una vía férrea. El promotor explica que el proyecto actual se
ha adaptado a la presencia de la alondra ricotí, retranqueando el parque hasta su zona
actual (con la selección de la alternativa de trece aerogeneradores), por lo que se
garantiza la no afección a la especie.
Para la justificación de no afección a los quirópteros, hace referencia a las medidas
compensatorias y de seguimiento propuestas para este grupo en el EsIA.
Finalmente, indica haber tenido en cuenta tanto el Decreto 89/2012 como el Real
Decreto 1432/2008 para el diseño de la línea de evacuación e incorporación de las
medidas antielectrocución y anticolisión de las zonas de protección.
La DGMNB y la DGEC informan en términos equivalentes. Aportan datos del
seguimiento del cercano parque eólico El Chaparro (8 aerogeneradores) del año 2018,
donde se detectaron siniestros de cuatro buitres leonados, un milano negro y un
alimoche, por lo que el impacto de El Castillar se prevé igual o superior dada su mayor

cve: BOE-A-2022-19469
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Núm. 281