III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-19469)
Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico El Castillar de 70 MW y su infraestructura de evacuación, ubicado en los municipios de Torremocha del Campo y Algora (Guadalajara)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281

Miércoles 23 de noviembre de 2022

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desarrollo y resto de normativa autonómica y/o municipal, y los límites indicados en el
anexo II (tabla A) del Real Decreto 1367/2007, por lo que el promotor considera el
impacto compatible.
En fase de funcionamiento, el EsIA solamente tiene prevista la emisión de ruido por
parte de los aerogeneradores. El promotor indica que el entorno agrícola y la cercanía de
otros focos de ruido como la autovía A-2 y la línea de ferrocarril AVE Madrid-Barcelona,
así como la lejanía de núcleos de población, hace que la afección del aumento global de
los niveles sonoros respecto de la etapa preoperacional no sea significativa.
Se incluyen una serie de medidas con el fin de dar cumplimiento a la normativa de
seguridad aérea y referentes a la contaminación lumínica.
La alegación particular de don J. L. N. L. expone la proximidad del aerogenerador
núm. 8 a una edificación rústica de uso ganadero. Considera que la actividad se vería
afectada por el movimiento de las palas y el ruido generado, ya que las reses pueden ver
modificadas sus condiciones de sosiego, lo cual obligaría a trasladar a los animales a
otro lugar. En su respuesta, el promotor indica que está dispuesto a explorar soluciones
técnicas para minimizar el daño o en su defecto proceder a indemnizar al afectado, si
fuese necesario.
Suelo, subsuelo, geodiversidad.

Se calcula una superficie de ocupación de 47,29 ha distribuida de la siguiente
manera: 14,79 ha de forma temporal y 32,50 ha de forma permanente.
Las principales ocupaciones permanentes se originan con los viales (22,22 ha) y,
según el promotor, con las plataformas de montaje (9,58 ha). Los viales de acceso a los
apoyos de la línea de evacuación, que se realizará por caminos existentes o campo a
través, ocuparán 6,93 ha de forma temporal. En los accesos de los apoyos 2, 3, 4 y 5 se
requerirán tareas de tala y/o poda a lo largo de 1.586 m de camino.
Las cimentaciones de los aerogeneradores ocuparán 0,52 ha. El movimiento de
tierras asociado a viales y plataformas de aerogeneradores se estima en 35.821,20 m3
de desmonte, 5.758,98 m3 de excavación y 27.687,22 m3 de relleno. Para la red de
media y baja tensión se retirarán 13.364,82 m3 de tierra vegetal, siendo gran parte
restituida una vez finalizada la instalación.
En total se estima un movimiento neto de tierras para el parque eólico de 33.425,69
m3 para excavación y 48.227,44 m3 para terraplén, por lo que será necesario
aportar 14.801 m3. Para el total del proyecto los movimientos de tierra ascienden
a 136.099,81 m3.
El promotor valora como moderado el impacto sobre el suelo durante la fase de
construcción, debido al riesgo de contaminación y alteración de las características del
suelo originado por los hormigonados, alteración de la geomorfología del terreno, sobre
todo en los alrededores de los emplazamientos de los aerogeneradores, y pérdida de
suelo fértil, pudiendo derivar en fenómenos erosivos. En la fase de funcionamiento, los
principales impactos son la compactación y contaminación del suelo.
Las principales medidas recogidas en el EsIA durante la fase de obras son el
aprovechamiento de los caminos existentes; adecuada retirada y almacenamiento de los
suelos fértiles para favorecer la restauración vegetal posterior; habilitación de zonas
específicas para el depósito de aceites y combustibles; lavado de hormigoneras en
origen; inmediata retirada de vertidos accidentales junto con el suelo contaminado por
gestor autorizado para su posterior tratamiento; seguimiento estricto de la normativa
vigente en materia de residuos; restauración de las zonas degradadas de acuerdo a lo
dispuesto en el Plan de Restauración. Para la fase de funcionamiento propone el
almacenamiento adecuado de los residuos y restitución de infraestructuras que por su
desgaste o daño puedan causar fenómenos erosivos en el terreno.

cve: BOE-A-2022-19469
Verificable en https://www.boe.es

3.2.2