III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-19459)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Pedreguer, por la que se deniega la inscripción de una representación gráfica de finca.
<< 9 << Página 9
Página 10 Pág. 10
-
10 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281

Miércoles 23 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 160098

la finca registral tiene como lindero camino y resto de finca, mientras que, según la
descripción catastral, no consta que linde con camino alguno.
Por tanto, en el presente caso, las dudas expresadas por la registradora al inicio del
expediente deben determinar una calificación denegatoria, sin más trámites, evitando
dilaciones innecesarias, como declaró las Resoluciones de este Centro Directivo de 8 de
junio y 3 de octubre de 2016 y 9 de junio de 2017.
Además, la notificación a los colindantes, en un supuesto como el del presente caso,
nada añadiría, pues aunque no se opongan, por no afectarles la inscripción de la
georreferenciación de origen catastral aportada, por respetar las de sus respectivas
fincas, ello no evita que exista un acto de modificación de entidad hipotecaria no
documentado, que debe revestir la forma de titulación pública, la cual no puede obviarse
mediante la tramitación de un expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, que
puede iniciarse mediante una simple instancia privada.
Toda vez que las dudas de la registradora para no iniciar el expediente del
artículo 199 están objetivamente fundamentadas y pueden determinar una alteración de
la realidad física del folio amparado por la inscripción, esta Dirección General ha
acordado desestimar el recurso y confirmar la nota de calificación de la registradora.
Contra esta resolución los legalmente legitimados pueden recurrir mediante demanda
ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la Provincia del lugar donde radica el
inmueble en el plazo de dos meses desde su notificación, siendo de aplicación las
normas del juicio verbal, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 325 y 328 de
la Ley Hipotecaria.

cve: BOE-A-2022-19459
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 28 de octubre de 2022.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, Sofía Puente Santiago.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X