III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-19449)
Resolución de 24 de octubre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Alhama de Granada, por la que se suspende la práctica de una anotación preventiva de embargo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281

Miércoles 23 de noviembre de 2022

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
19449

Resolución de 24 de octubre de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Alhama de Granada, por la que se
suspende la práctica de una anotación preventiva de embargo.

En el recurso interpuesto por doña E. M. R. L., procuradora de los tribunales, en
nombre y representación de don J. C. S., contra la nota de calificación de la registradora
de la Propiedad de Alhama de Granada, doña Esperanza Rodríguez Vega, por la que se
suspende la práctica de una anotación preventiva de embargo, por solicitarse la
anotación en cuanto a una mitad indivisa de una finca, que aparece inscrita a nombre de
unos cónyuges con carácter ganancial y por resultar del mandamiento judicial, el
fallecimiento del marido, sin que conste la fecha de su fallecimiento.
Hechos
I
Mediante mandamiento dictado por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de
Granada, se ordenaba la anotación preventiva del embargo del 50% de una finca,
inscrita en el Registro de la Propiedad a favor de los cónyuges don A. E. M. y doña N. M.
D. con carácter ganancial. El procedimiento estaba dirigido únicamente contra dichos
cónyuges y en el propio mandamiento de embargo constaba que don A. E. M. había
fallecido.
II
Presentado dicho mandamiento en el Registro de la Propiedad de Alhama de
Granada, fue objeto de la siguiente nota de calificación:

Esperanza Rodríguez Vega, registradora de la Propiedad del distrito hipotecario de
Alhama de Granada, en el ejercicio de la función calificadora, conforme a los artículos
[sic] 18, 19 y 19 bis de la Ley Hipotecaria, ha resuelto to siguiente en el procedimiento
registral de referencia:
Se presenta mandamiento expedido por el Juzgado Primera Instancia N.º 2 Granada,
con fecha 7 de junio de 2022, por el que se tramita Procedimiento de Ejecución títulos
judiciales, número 809/1995, seguidos a instancia de J. C. S., contra A. E. M. y N. M. D.,
en reclamación de 3.873.863 euros de principal más otros 1.500.000 euros
presupuestados provisionalmente para intereses y costas, se ordena la anotación
preventiva de embargo, sobre el 50% de la finca número l.484 del término de Moraleda
de Zafayona.

cve: BOE-A-2022-19449
Verificable en https://www.boe.es

«Entrada N.ª: 747 del año: 2022.
Asiento N.º: 65 Diario: 39 Presentado el 09/06/2022 a las 10:41:00.
Legajo 540/2022.
Presentante: R. L., E. M.
Interesados: J. C. S., A. E. M. y N. M. D.
Naturaleza: Mandamiento Judicial.
Objeto: anotación preventiva de embargo.
N.º Juicio: 809/1995 de 07/06/2022.
Juzgado: Juzgado 1.ª Instancia N.º 2 Granada,