III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-19451)
Resolución de 24 de octubre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por la registradora de la propiedad de Málaga n.º 4, por la que se suspende la anotación preventiva de embargo ordenada en mandamiento judicial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281

Miércoles 23 de noviembre de 2022

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
19451

Resolución de 24 de octubre de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
extendida por la registradora de la propiedad de Málaga n.º 4, por la que se
suspende la anotación preventiva de embargo ordenada en mandamiento
judicial.

En el recurso interpuesto por don M. A. O. G., procurador de los tribunales, en
nombre y representación de una comunidad de propietarios de un edificio sito en
Málaga, contra la nota de calificación extendida por la registradora de la Propiedad de
Málaga número 4, doña María Luisa Vozmediano Rodríguez, por la que se suspende la
anotación preventiva de embargo ordenada en mandamiento judicial.
Hechos
I
Por mandamiento dictado el día 2 de junio de 2021 por la letrada de la
Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 17 de Málaga,
comprensivo de decreto expedido el mismo día, acompañado de diligencia de
ordenación, en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 392/2021, se
solicitaba la anotación de embargo de una finca inscrita en el Registro de la Propiedad
de Málaga número 4 a favor de doña D. N. C. B., dirigiéndose el procedimiento contra la
herencia yacente de dicha persona, herederos y causahabientes desconocidos de la
misma.
II

«Calificado el decreto expedido el dos de junio de dos mil veintiuno acompañado de
Diligencia de Ordenación de fecha siete de junio de dos mil veintidós, firmado
electrónicamente con fecha nueve de junio de los corrientes por el Letrado de la
Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 17 de Málaga, en el
procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 392/2021. Negociado: 2”, el Registrador
que suscribe ha suspendido su inscripción con base en los hechos y fundamentos que
se dirán. Dicho mandamiento ha sido presentado nuevamente en esta oficina el día
catorce de junio de dos mil veintidós, causando el asiento número 422 del diario 60 del
Libro de Operaciones, habiéndose aportado con posterioridad el certificado de defunción
de Doña D. N. C. B.
El asiento de presentación quedará prorrogado hasta sesenta días después de la
fecha en que se notifique esta calificación, conforme establece el artículo 323 de la Ley
Hipotecaria, cuya prórroga se hará constar por nota al margen del mismo.
Hechos: La finca sobre la que se ordena el embargo, aparece inscrita a favor de
doña D. N. C. B. y el procedimiento se dirige contra la herencia yacente de dicha señora,
herederos y causahabientes desconocidos de la misma, habiéndose acreditado el
fallecimiento de ésta, pero no si sus herederos son ciertos y determinados, por exigencia
del principio del tracto sucesivo.
Fundamentos de Derecho: Conforme a los articules 18 de la Ley Hipotecaria y 98 de
su Reglamento, el Registrador califica bajo su responsabilidad los documentos

cve: BOE-A-2022-19451
Verificable en https://www.boe.es

Presentada dicha documentación en el Registro de la Propiedad de Málaga
número 4, fue objeto de la siguiente nota de calificación: