I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Subvenciones. (BOE-A-2022-19409)
Real Decreto 982/2022, de 22 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención al Gobierno de Canarias para la organización de la Conferencia Ministerial de Economía Digital de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281

Miércoles 23 de noviembre de 2022

Sec. I. Pág. 159810

financiación logística por parte del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación
Digital a la Conferencia Ministerial de Economía Digital de la OCDE.
La presente norma da cumplimiento a los principios de buena regulación previstos en
el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, adecuándose al principio de necesidad y
eficacia, en tanto que mediante la concesión de esta subvención directa a la Comunidad
Autónoma de Canarias queda garantizado el adecuado desarrollo y gestión de la
Conferencia Ministerial de Economía Digital de la OCDE en diciembre de 2022, siendo el
medio más adecuado para alcanzar este objetivo.
La propuesta evita la imposición de cargas administrativas innecesarias o accesorias
y que racionaliza, en su aplicación, la gestión de los recursos públicos.
A su vez, cumple con los principios de seguridad jurídica y transparencia dado que el
real decreto se articula de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico
nacional, especialmente la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
y su normativa de desarrollo, y quedan claramente delimitados su alcance y objetivos.
Finalmente, el real decreto cumple con el principio de proporcionalidad ya que
contiene la regulación imprescindible para atender la necesidad de contribución a la
financiación de dicho acontecimiento, así como con el principio de eficiencia al no existir
otras medidas que impongan menos obligaciones al destinatario.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Asuntos Económicos y Transformación
Digital, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de
noviembre de 2022,
DISPONGO:
Artículo 1.

Objeto.

Este real decreto tiene por objeto establecer, con carácter de bases reguladoras, la
concesión directa de una subvención al Gobierno de Canarias para la organización de la
Conferencia Ministerial de Economía Digital de la OCDE, que se celebrará del 13 al 16
de diciembre de 2022.

1. Se regula la concesión directa de esta subvención en aplicación de lo previsto en
el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2033, de 17 de noviembre, en relación con lo establecido
en el artículo 28.2 y 3 de dicha ley y en el artículo 67 del Reglamento de la Ley General
de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por concurrir
razones de interés público expuestas.
2. El carácter singular y la concurrencia de razones de interés público, económico y
social se justifica en la importancia y la repercusión de la Conferencia Ministerial de
Economía Digital de la OCDE que se va a celebrar, el próximo mes de diciembre, en la
Comunidad autónoma de Canarias. La concesión directa de esta subvención se justifica
en la necesidad de financiación de determinadas actividades, que se recogen en el
artículo 6, necesarias para el correcto desarrollo de la Conferencia. El Gobierno de
Canarias, entidad beneficiaria, es la encargada de la celebración del evento,
competencia reconocida en su Estatuto de Autonomía, donde se prevé expresamente la
posibilidad de colaboración por parte de la Administración General del Estado.
Artículo 3.

Régimen jurídico aplicable.

Esta subvención se regirá, además de por lo particularmente dispuesto en este real
decreto y en la resolución de concesión, por lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y en el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, salvo en lo que afecte a los principios de publicidad y concurrencia; por lo previsto

cve: BOE-A-2022-19409
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 2. Fundamento y justificación de la concesión directa.