III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Subvenciones. (BOE-A-2022-19479)
Orden CUD/1136/2022, de 18 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas del Consejo Superior de Deportes a entidades titulares de instalaciones deportivas con capacidad para albergar eventos internacionales para realizar obras que modernicen dichas instalaciones en cuanto a eficiencia energética, inclusión y sostenibilidad, con cargo a los fondos europeos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281

Miércoles 23 de noviembre de 2022

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practicadas las notificaciones anteriores a esa fecha dirigidas al representante que figure
en el expediente.
Artículo 17. Compatibilidad de las ayudas.
1. El importe de la financiación a conceder según estas bases reguladoras será de
un máximo del 100 por ciento sobre el presupuesto del proyecto que haya sido
considerado financiable, pudiendo ser cofinanciado en parte por el beneficiario o por
otras entidades públicas o privadas.
La percepción de las subvenciones previstas en esta convocatoria será compatible
con la de cualesquiera otras que, para la misma finalidad y objeto, pudieran establecer
otras administraciones públicas u otros entes públicos o privados, nacionales,
autonómicos o locales, siempre que la suma de todas las ayudas no supere el coste total
de la actividad subvencionada.
La obtención concurrente de otro tipo de ayudas para la misma finalidad y al mismo
beneficiario, superando la suma de todas las ayudas el coste de la actuación podrá dar
lugar a una modificación de la resolución de concesión o, en su caso, al reintegro de la
subvención en los términos previstos en el artículo 34 del Real Decreto 887/2006, de 21
de julio, que aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
2. Por otro lado, las ayudas previstas en esta Orden serán compatibles con otras
ayudas procedentes de fondos de la Unión Europea de acuerdo con lo indicado en el
artículo 9 del Reglamento (UE) número 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 12 de febrero de 2021: la ayuda concedida en el marco del Mecanismo se sumará a
la proporcionada con arreglo a otros programas e instrumentos de la Unión. Las
reformas y los proyectos de inversión podrán recibir ayuda de otros programas e
instrumentos de la Unión siempre que dicha ayuda no cubra el mismo coste.
3. Las entidades beneficiarias deberán declarar las ayudas que hayan solicitado o
percibido por parte de otras Administraciones o entidades para la misma finalidad y
objeto, tanto en el momento de la presentación de la solicitud como durante la
tramitación del procedimiento.
Artículo 18.

Criterios de evaluación de las solicitudes.

a) Idoneidad para proyectar al exterior nuestro liderazgo en deporte seguro,
inclusivo y sostenible: hasta 20 puntos.
b) Criterios de mejora en la eficiencia energética: hasta 40 puntos.
c) Mejoras de accesibilidad: hasta 10 puntos.
d) Mejoras de sostenibilidad de la instalación: hasta 10 puntos.
e) Durabilidad y permanencia del proyecto: hasta 10 puntos.
f) Viabilidad del plan de actuación y cronograma, así como adecuación del proyecto
al presupuesto solicitado: hasta 5 puntos.
g) Criterio de cohesión territorial: hasta 5 puntos.
4. La evaluación se realizará exclusivamente sobre la información aportada por el
solicitante en la fase de admisión de solicitudes por tratarse de procedimientos de
concesión en régimen de concurrencia competitiva.

cve: BOE-A-2022-19479
Verificable en https://www.boe.es

1. Las subvenciones se otorgarán a quienes obtengan mejor valoración de entre los
que hubieran acreditado cumplir los requisitos necesarios para ser beneficiario.
2. La evaluación se realizará por una Comisión de evaluación de conformidad con
los principios de objetividad, publicidad y no discriminación, que valorará las solicitudes
de acuerdo con los criterios establecidos en el presente apartado y elaborará una
relación priorizada de las actuaciones que se consideren financiables, hasta agotar el
crédito disponible.
3. La evaluación de cada proyecto individual se llevará a cabo de acuerdo con los
siguientes criterios de valoración, obteniendo una puntuación máxima de 100 puntos.