III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2022-19372)
Resolución de 16 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y Mercadona, SA, para posibilitar el volcado al sistema informático de la Policía Nacional de los datos necesarios para tramitar el protocolo de denuncias "in situ".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Martes 22 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 159307

A tenor de todo lo anteriormente expuesto y con sujeción al ordenamiento jurídico
vigente, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El presente convenio tiene por objeto posibilitar el volcado desde la intranet de
Mercadona al sistema informático de la Policía Nacional de los datos necesarios para
tramitar el Protocolo de denuncias «in situ», con apoyo telemático, para determinados
delitos leves, previsto en la Instrucción número 5/2020 de la Secretaría de Estado de
Seguridad.
Segunda.

Actuaciones a realizar.

Para dar cumplimiento al presente convenio, cada parte vendrá obligada a
desarrollar una serie de actuaciones tendentes a conseguir el continuo intercambio
eficiente de información entre la Policía Nacional y Mercadona. Las mismas se
concretarán mediante la aplicación, en cada tipo de establecimiento diferenciado en la
cláusula tercera, de las soluciones informáticas detalladas en la cláusula cuarta. Todo
ello se realizará según las condiciones de financiación y plazos especificados en la
cláusula quinta, siguiendo la operativa descrita en la cláusula sexta.
Tercera.

Establecimientos a los que se aplicará.

Al no suponer el presente la formalización de compromisos exclusivos y al poder
ambas partes establecer convenios con terceros sobre esta misma materia, e incluso
replicar soluciones semejantes a las derivadas del presente para otras empresas y
FFCCS, con las actuaciones a realizar se pretende lograr aplicando sucesivamente
diferentes medidas para cada uno de sus dos tipos de establecimientos:
Establecimientos en que se pueda implementar el Protocolo.

A corto plazo le serán aplicables todas las soluciones informáticas que posibiliten la
rápida aplicación del Protocolo a cualquier establecimiento comercial abierto al público
de Mercadona que se ubique en la demarcación territorial en que la Policía Nacional
ejerce sus competencias en materia de seguridad ciudadana, siempre que en el mismo,
se cumplan los requisitos establecidos en la Instrucción para ello, o estén en disposición
de poder cumplirlos. A las denuncias a tramitar en dicho tipo de establecimientos, se las
considerará denuncias automatizables sobre la base del Protocolo.
El Protocolo que anexaba la Instrucción establece en el apartado número 5 de la
cláusula séptima referida a su «Difusión» que antes de finalizar el año 2021 las FCSE
debían dejar de tramitar en este tipo de establecimientos todas las denuncias relacionadas
con delitos incluidos en el mencionado Ámbito que vinieran previamente tramitando bajo
formato físico o en cualquier otro procedimiento establecido territorialmente. Dicha fecha
límite regía para todos los establecimientos mencionados de aquellas entidades
comerciales que no promoviesen antes de este plazo su adhesión al Protocolo.
Por haberse iniciado la negociación de la tramitación del presente convenio antes de
dicha fecha límite, se considerará al mismo como una forma válida de promover por parte
de Mercadona dicha adhesión, por lo que desde su suscripción hasta su implementación
completa en los plazos máximos fijados en la cláusula quinta para completar los desarrollos
informáticos, la Policía Nacional podrá seguir transitoriamente tramitando en ellos dichas
denuncias bajo los referidos formatos físicos o procedimientos anteriores.

cve: BOE-A-2022-19372
Verificable en https://www.boe.es

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