III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2022-19372)
Resolución de 16 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y Mercadona, SA, para posibilitar el volcado al sistema informático de la Policía Nacional de los datos necesarios para tramitar el protocolo de denuncias "in situ".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Martes 22 de noviembre de 2022

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de los derechos fundamentales. Para ello dispone, como órgano superior, de la
Secretaría de Estado de Seguridad (en adelante, la SES).
Segundo.
Compete a la persona titular de la SES, según el Real Decreto 734/2020, de 4 de
agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del MIR, el ejercicio del
mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (en adelante, las FCSE), así
como la coordinación y la supervisión de los servicios y misiones que les corresponden.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 104 de la Constitución Española (en adelante, la
CE), todas las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (en adelante, las FFCCS) tienen como
misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos y
garantizar la seguridad ciudadana. Su actuación se debe regir por lo dispuesto en la Ley
Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Tercero.
Bajo la dependencia del Ministro del Interior y de la Secretaría de Estado de
Seguridad, el Director General de la Policía ejerce el mando directo de la Policía
Nacional, cuerpo policial al que, de acuerdo con la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de
marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, se le encomienda la misión de proteger el
libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana en las
capitales de provincia y en los términos municipales y núcleos urbanos que el Gobierno
determine.
Cuarto.
Mercadona, SA (en adelante, Mercadona), goza de un reconocido prestigio en la
gestión de la seguridad de sus establecimientos y dispone de su propio Departamento de
Seguridad formalmente constituido. Su actividad mercantil la desarrolla en la totalidad del
territorio nacional, atendiendo a sus clientes a través de una amplia red con más de mil
seiscientos supermercados, satisfaciendo, entre otras, sus necesidades en alimentación,
higiene personal, cuidado del hogar y mascotas. Por concentrarse la mayoría de la
población española en la demarcación territorial en la que la Policía Nacional tiene
atribuida la competencia en materia de seguridad ciudadana, gran parte de la red
comercial de Mercadona se encuentra también ubicada en dicha demarcación.
Quinto.
Los artículos 259 y siguientes de la vigente Ley de Enjuiciamiento Criminal obligan a
cualquier persona que presencie o tenga conocimiento de la comisión de un delito
público a ponerlo en conocimiento de las autoridades o funcionarios competentes; lo
que, generalmente, se plasma mediante la presentación de una denuncia ante las
FFCCS. Por otro lado, el artículo 38 de la CE reconoce la libertad de empresa en el
marco de la economía de mercado, así como que los poderes públicos garantizarán y
protegerán tanto su ejercicio como la defensa de la productividad.

Cuando los responsables de establecimientos comerciales, sus empleados y el
personal de seguridad privada que les presta servicio precisan interponer denuncias por
hechos delictivos cometidos en los mismos, a menudo se ven obligados a desplazarse
hasta las dependencias de las FFCCS. Estos desplazamientos y la inversión de tiempo y
recursos a emplear en dicha tarea, además de acarrearles la consiguiente disminución
de productividad, también puede tener el perverso efecto de desincentivar su voluntad de
denunciar. Las FFCCS deben dedicar también recursos propios tanto para personarse
en dichos establecimientos a fin de esclarecer los hechos como para atender

cve: BOE-A-2022-19372
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Sexto.