III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2022-19372)
Resolución de 16 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y Mercadona, SA, para posibilitar el volcado al sistema informático de la Policía Nacional de los datos necesarios para tramitar el protocolo de denuncias "in situ".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Martes 22 de noviembre de 2022

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la mencionada Ley 40/2015, de 1 de octubre, ambas podrán acordar la resolución
unilateral de presente convenio, no estando prevista indemnización.
Decimotercera.

Transparencia de la actividad pública.

Las partes prestan expresamente su consentimiento para que se dé al presente
convenio la publicidad exigida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno.
Decimocuarta.

Protección de datos personales y confidencialidad.

Las actuaciones que se produzcan como consecuencia de la implementación del
presente convenio se ajustarán a lo establecido en la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de
mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección,
investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones
penales. También, en lo que le sea aplicable, se ajustarán al Reglamento (UE) 2016/679
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos; así como a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Los datos
personales a tratar vienen descritos dentro de la cláusula cuarta, y tanto la finalidad
como la legitimación de su tratamiento se ajustarán principal y respectivamente a los
artículos 1 y 11 de la precitada Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo.
Ambas partes firmantes del presente convenio se comprometen a mantener la
confidencialidad de todos los datos e informaciones facilitados por la otra parte
concernientes a la ejecución de su objeto, no solo durante su vigencia, sino incluso tras
su extinción. La información solo podrá utilizarse para el cumplimiento de las funciones
legalmente encomendadas o para su incorporación al procedimiento del que traen su
causa, no pudiendo ser objeto de cesión a terceros, cualquiera que sea la naturaleza
jurídica de estos. En ningún caso participarán en el intercambio de información órganos
o personas distintas de las designadas como competentes. La violación de estas
obligaciones conllevara la exigencia, por la autoridad competente, de las
responsabilidades penales, administrativas y civiles a que diera lugar.

cve: BOE-A-2022-19372
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman electrónicamente el
presente convenio desde Madrid y Tavernes Blanques (Valencia), tomándose como
fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante.–El
Secretario de Estado de Seguridad, P. D. (Resolución de 1 de septiembre de 2022), el
Director General de la Policía, Francisco Pardo Piqueras.–El Coordinador de Seguridad
de Mercadona, José López Sancha.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X