III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2022-19398)
Resolución de 16 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social, el Instituto Social de la Marina y el Instituto Valenciano de Estadística, en materia estadística.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Martes 22 de noviembre de 2022

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gestión y mantenimiento del sistema informático que da soporte a la Tarjeta Social
Digital, facilitará y mantendrá el acceso a la información actualizada contenida en dicho
sistema al IVE.
B)

Por parte del IVE:

Informar anualmente al INSS, de las actividades concretas que consten en sus
respectivos instrumentos de planificación y programación para las que son necesarios
los datos previstos en este convenio.
Además, ya que la finalidad del suministro de la información, contenida en el Anexo
de este convenio, es estadística, el IVE se responsabilizará, estableciendo los controles
necesarios, de que la información se utilice de forma que la protección de datos de
carácter personal quede totalmente garantizada en los términos que regulan los
artículos 13 de la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública, y los
artículos 20 a 26 de la Ley 5/1990 de 7 de junio de 1990, de la Generalitat Valenciana, de
estadística de la Comunidad Valenciana, que regulan lo relativo al secreto estadístico.
El IVE se encargará de todos los procesos necesarios para la incorporación de la
información cedida por el INSS a sus registros, a los efectos de depurar y complementar
la información disponible de otras fuentes y, en su caso de su utilización directa para la
realización de explotaciones estadísticas, de acuerdo con sus propios diseños.
El IVE podrá realizar la difusión y publicación de los resultados que estime
convenientes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 27 a 29 de la Ley 5/1990
de 7 de junio de 1990, de la Generalitat Valenciana, de Estadística de la Comunidad
Valenciana y siempre condicionada a que no se produzca vulneración de ningún
precepto de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.
Los datos que sean objeto de cesión y tratamiento, contenidos en el Anexo, tendrán
carácter de reservados y secretos por lo que el IVE, se compromete a mantener
rigurosamente este carácter y a preservar los derechos de las Personas físicas y
jurídicas a las que se refiere la información estableciendo los procedimientos que
garanticen su anonimato tanto en los términos previstos por el Reglamento (UE) n.º
2016/679, de 27 de abril de 2016, como en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.
El IVE acepta y asume que la cesión de datos se limita a los fines exclusivos
especificados en el presente convenio y que el destino de los datos sea precisamente la
elaboración de estadísticas que dichos servicios tengan encomendadas de acuerdo con
lo establecido en el artículo 15 de la Ley 12/1989, por lo que cualquier otro uso que se
haga de los datos constituirá un incumplimiento del convenio suscrito que facultará al
INSS y al ISM para exigir las responsabilidades oportunas.
El IVE será garante frente al INSS y al ISM, así como frente a terceros, de cualquier
reclamación derivada del uso indebido que se haga por sus usuarios de los datos
cedidos, eximiendo a las entidades gestoras de la Seguridad Social de cualquier
responsabilidad al respecto.
Tercera. Financiación.
Las actuaciones previstas en el presente convenio no generarán costes ni darán
lugar a contraprestaciones financieras entre las partes firmantes.

El control y seguridad de los datos suministrados al amparo de este convenio se
regirá por lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 2016/679, de 27 de abril de 2016;en la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre; en el Reglamento de desarrollo de la Ley
Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal
aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, así como por lo establecido
en el apartado seis de la disposición adicional centésima cuadragésima primera de la
Ley 6/2018, de 3 de julio, y en la demás normativa de aplicación en materia de
protección de datos personales, así como en los protocolos de Seguridad de la

cve: BOE-A-2022-19398
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta. Protección de datos personales.