III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2022-19376)
Resolución de 15 de noviembre de 2022, de la Dirección General del Agua, por la que se publica la Adenda al Convenio con UFD Distribución Electricidad, SA, para el suministro de energía eléctrica en los equipos de bombeo de toma en el río Tajo, en la Estación de tratamiento de agua potable del abastecimiento y estación de bombeo asociada de Peralveche, según proyecto de abastecimiento a la futura Mancomunidad de Aguas de los núcleos colindantes con los embalses de Entrepeñas y Buendía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Martes 22 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 159325

Las partes se reconocen, en la calidad con que cada uno interviene, con capacidad
legal suficiente para la celebración de la siguiente Adenda al convenio y, a tal efecto
hacen constar los siguientes
ANTECEDENTES
Primero.
Con fecha 10 de diciembre de 2019 se suscribió el convenio entre el Ministerio para
la Transición Ecológica (actual Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, en adelante MITERD) y UFD Distribución Electricidad, SA (en adelante
UFD), para el suministro de energía eléctrica en los equipos de bombeo de toma en el
río Tajo, ETAP del abastecimiento y estación de bombeo asociada de Peralveche, según
proyecto de abastecimiento a la futura Mancomunidad de Aguas de los núcleos
colindantes con los embalses de Entrepeñas y Buendía.
Segundo.
El objeto del convenio es establecer las condiciones de colaboración entre las partes
para el desarrollo de los trabajos necesarios para poder disponer de suministro eléctrico
en los equipos de bombeo de toma, de la ETAP y de la estación asociada de Peralveche,
del proyecto de abastecimiento a la futura mancomunidad de aguas de los núcleos
colindantes con los embalses de Entrepeñas y Buendía, que satisfaga las necesidades
de abastecimiento de los pueblos ribereños, con la calidad y la garantía de suministro
adecuada y establecida por la normativa vigente.
Definidas en el convenio las actuaciones a desarrollar, se establece para la ejecución
de los trabajos una vigencia del mismo de cuatro años y una cuantía máxima a asumir
por parte de la Dirección General del Agua de 1.000.494,83 euros (IVA incluido).
Tercero.
Se establece en el convenio la creación de una comisión mixta encargada del
seguimiento del convenio, así como la posibilidad de su modificación, por acuerdo
unánime de las partes, mediante la formalización de la correspondiente Adenda.
Cuarto.

cve: BOE-A-2022-19376
Verificable en https://www.boe.es

De conformidad con lo propuesto en el Acta número 3 de la Comisión Mixta de
Seguimiento del convenio suscrita el 4 de mayo de 2022, y según justificación aportada
por UFD el 14 de diciembre de 2021, no resulta necesario la ejecución de la partida de
obra civil prevista en el Subhito 2.2. de los Hitos de Pago del convenio, por lo que se
procede a la detracción de su importe del establecido en el convenio.
Además y durante la ejecución de las actuaciones contenidas en el convenio y dentro
de los trabajos de legalización de instalaciones y tramitación del expediente expropiatorio
de repotenciación de línea de media tensión LMT CIF-704, se ha dilatado el proceso
expropiatorio y por tanto la ejecución de los trabajos de repotenciación, por lo que se
procede a ajustar los hitos de pago del convenio al avance real de los trabajos conforme
a lo propuesto en el Acta número 3 de la Comisión Mixta de Seguimiento citada.