III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-19379)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Hidrológico (3.er ciclo) y del Plan de Gestión del Riesgo de inundación (2.º ciclo) de la Demarcación Hidrográfica del Ebro.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 22 de noviembre de 2022

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Para la designación de masas muy modificadas, el promotor sigue la metodología
descrita en la mencionada Guía n.º 37. En total, el estudio recoge 129 masas muy
modificadas, 7 nuevas con respecto al ciclo anterior. No obstante, el estudio ambiental
estratégico no evalúa los impactos que puede causar este cambio de designación.
Es destacable la nueva designación como masa muy modificada de la Laguna de
Carralogroño (ES091MSPF974), espacio de la Red Natura 2000 (ZEC ES2110021) y
Humedal Ramsar (como parte de las Lagunas de Laguardia). El promotor justifica este
cambio de designación por la modificación en el régimen de aportaciones, que conllevan
grandes fluctuaciones de nivel y hacen que se seque por completo en época de estiaje, y
por la ocupación de la orla y cuenca de la laguna por cultivos de tipo viñedo. Las
presiones a las que se encuentra sometida la laguna se asocian con la contaminación
difusa derivada de la agricultura y de la escorrentía procedente de la carretera A-124.
Como posibles medidas de restauración, se valora la posibilidad de expropiar la
superficie agraria en las cercanías de la laguna y su posterior restauración hidrológicoambiental, pero descarta esta medida por considerarla inviable económicamente. Con
respecto a las posibles medidas de mitigación, el estudio concluye que la masa se
encuentra en buen estado y, por tanto, no es necesario aplicar medidas. Sin embargo, la
Agencia Vasca del Agua propone en su informe mantener la Laguna de Carralogroño
como una masa de agua natural dado que la justificación aportada por el promotor no es
adecuada. Indica además que, pese a que el Plan Hidrológico señala que esta laguna se
encuentra en buen estado, los datos recabados por este organismo (aportados en su
informe), denotan el mal estado ecológico y químico de la masa, que por tanto debería
considerarse en un estado peor que bueno. Por ello, este organismo concluye que la
masa debe mantenerse como natural, entendiendo que no se dan las circunstancias
para esta designación y que las eventuales presiones que sufre deben ser objeto, en su
caso, de las medidas necesarias para su mitigación. En respuesta, la Confederación
Hidrográfica del Ebro indica que esta aportación se tendrá en cuenta para el futuro plan
(cuarto ciclo), pero actualmente consideran que la justificación aportada es suficiente
para afirmar que, dado que los aportes naturales de la laguna y la alteración de su
cuenca receptora se han reducido, la masa debe designarse como muy modificada.
Además, señala que los datos utilizados para analizar el estado de la masa, tomados
entre 2013-2018, son los remitidos por la Agencia Vasca del Agua y denotan un estado
de la masa bueno. Cabe advertir que si el estado ecológico de la masa de agua se
reconoce como bueno no procedería su designación como masa de agua muy
modificada. Por su parte, la Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático del
Gobierno Vasco indica que las Lagunas de Laguardia deben añadirse a los espacios
protegidos listados en el Plan Hidrológico, y recuerda que este espacio, al igual que otros
listados en su informe, cuenta con su propio plan de gestión, que deberá ser cumplido de
acuerdo con la Ley 9/2021, de 25 de noviembre, de conservación del patrimonio natural
de Euskadi.
De acuerdo con la ficha informativa del humedal Ramsar de las Lagunas de
Laguardia elaborada en 1999, los ecosistemas presentes en este conjunto lagunar,
dentro del cual se incluye la Laguna de Carralogroño, presentan grandes singularidades
por los procesos ecológicos, botánicos, faunísticos e hidrológicos que se desarrollan en
ellos. A nivel comarcal son los únicos humedales de cierta entidad de la Rioja Alavesa.
Esta ficha indica que, en un ciclo anual «normal», a partir de primavera las lagunas se
secan progresivamente, estándolo completamente a inicios del verano, que coincide con
las menores precipitaciones y máximas temperaturas. Al ser cubetas endorreicas
cerradas, las pérdidas de agua se producen en exclusiva por evaporación, mientras que
solamente reciben aportes de agua de lluvia o escorrentía. A juicio de este órgano
ambiental, esto indica que la estacionalidad de la laguna ya era tal en 1999, momento en
el que, según describe su ficha técnica, la laguna de Carralogroño presentaba carácter
temporal con una marcada estacionalidad, llegando a desecarse completamente por
evaporación y formando una costra salina en su superficie. Además, en el momento de
su designación, ya dominaban los usos agrícolas, especialmente el cultivo de la vid, y se

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Núm. 280