III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-19378)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Hidrológico (3.er ciclo) y del Plan de Gestión del Riesgo de inundación (2.º ciclo) de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental.
60 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Martes 22 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 159430

4.1.4 Actuaciones del programa de medidas dirigidas al logro de los objetivos
ambientales (códigos 01 a 10 de la Base de datos de planificación).
4.1.4.1

Incluir en el programa de medidas:

– Se determinen e incluyan en el plan hidrológico las condiciones, requerimientos y
criterios de calidad necesarios para la recuperación o el mantenimiento de un estado de
conservación favorable de los hábitats y especies objeto de conservación en todos y
cada uno de los espacios Red Natura 2000 dependientes del agua.
– Se determinen e incluyan en el plan hidrológico todas las demás zonas protegidas
necesarias para la conservación y en su caso recuperación de las especies acuáticas
amenazadas, los hábitats protegidos o de interés comunitario directamente dependientes
del agua y las especies acuáticas de interés pesquero u otro interés económico, y se
definan sus requerimientos al menos en lo relativo al régimen de caudales y las
condiciones físico-químicas del agua necesarios para garantizar que su estado de
conservación sea favorable y evitar su deterioro, y que los respectivos hábitats y
poblaciones se mantengan o aumenten.
– Se determine y complete una red de estaciones de seguimiento del cumplimiento
de los objetivos medioambientales incorporados al plan como consecuencia de las dos
actuaciones anteriores, y se realice conjuntamente dicho seguimiento.
d) Los trabajos precisos para la correcta identificación, en los planes del cuarto
ciclo, de las presiones significativas y sectores que ponen en riesgo o provocan
incumplimiento de los objetivos medioambientales, y la correcta cuantificación de las
brechas de incumplimiento, en todas las masas de agua. En el caso de las presiones por
extracciones o alteración de caudales, su determinación se hará mediante comparación

cve: BOE-A-2022-19378
Verificable en https://www.boe.es

a) Un cuadro resumen en el que se refleje para este tercer ciclo, para cada una de
las masas de agua y zonas protegidas en que no se cumplen o en riesgo de no cumplir
los objetivos medioambientales, las presiones significativas y sectores que provocan el
incumplimiento, la brecha de incumplimiento cuantificada, las medidas del programa
específicamente dirigidas a contrarrestar dichas presiones y la medida en que se prevé
que ello reducirá las brechas de incumplimiento estimadas. Incluir en este cuadro solo
las medidas que vayan a reducir efectivamente las presiones significativas identificadas,
evitando las de carácter inmaterial y las de aplicación genérica en toda la cuenca o
indeterminada para las que no se tiene la seguridad de que realmente se van a aplicar
en la masa de agua en cuestión reduciendo efectivamente sus presiones significativas.
En los casos en que una presión significativa carezca de medida adecuada para
contrarrestarla, subsanar la carencia incorporándola en su caso previa concertación con
la administración sectorial competente, y en caso contrario indicar expresamente su
carencia.
b) Los trabajos precisos para la definición y aplicación de indicadores para los
elementos de calidad biológicos de peces en masas tipo lago y de macrófitos en masas
de tipo lago, tanto naturales como muy modificadas, como elementos de calidad a
incorporar en la determinación del estado o potencial ecológicos de estas masas, que
tenga plena aplicación en el cuarto ciclo de planificación. Dichos indicadores deben
diseñarse de manera que resulten suficientemente sensibles a las presiones por
extracciones, por alteración del régimen de caudales y a las presiones biológicas
(especies exóticas invasoras).
c) El sostenimiento o creación de grupos de trabajo para una coordinación y
cooperación real y efectiva entre la confederación hidrográfica y cada una de las
administraciones responsables de la protección y gestión de los espacios Red
Natura 2000, especies protegidas y especies acuáticas de interés pesquero o
económico, en su caso asistidos por centros de conocimiento especializados, que
permitan que en el cuarto ciclo de planificación: