III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-19378)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Hidrológico (3.er ciclo) y del Plan de Gestión del Riesgo de inundación (2.º ciclo) de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 22 de noviembre de 2022

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En esta línea SEO/BirdLife alega que el análisis que relaciona la información
disponible con los programas de medidas elaborados por las administraciones
competentes no se ajusta a las necesidades para entender, con detalle, de dónde vienen
las presiones a nivel de masa de agua y zona protegida, qué impacto provocan sobre el
estado ecológico o el estado de conservación, y que efectividad tienen las medidas en
relación con sus objetivos concretos. Muchas medidas siguen planteándose de forma
genérica. En general, su efecto no se analiza de forma conjunta, no se estudia el
verdadero efecto de esas medidas sobre el estado ecológico de las masas de agua.
Asimismo, indica que la escasa aplicación de las medidas de los anteriores ciclos no sólo
es preocupante por el hecho de reducir muy significativamente la efectividad de los
programas de medidas de los planes hidrológicos del segundo ciclo (de la inversión
prevista hasta 2021 queda pendiente de ejecución el 74 %), sino también por la falta de
seguridad para el cumplimiento de lo que se programe para el tercer ciclo. Igualmente,
resulta imposible analizar la efectividad de las medidas ejecutadas en relación con su
aportación real a la mejora del estado de las masas de agua. No existe un seguimiento
de la efectividad y eficacia de las medidas, y únicamente se presenta su grado de
ejecución presupuestario. También destaca que la mayoría de las medidas que se han
ejecutado no están orientadas al logro de los objetivos medioambientales, sino a la
satisfacción de las demandas.
Una de las principales líneas de actuación del programa de medidas para alcanzar
los objetivos medioambientales lo constituyen las medidas para mitigar la contaminación
puntual por vertidos urbanos (tipo 01) mediante la implantación de nuevas
infraestructuras de depuración, la mejora de la eficiencia y sistemas de depuración
existentes, nuevos colectores, etc. cuya ejecución se configura de gran relevancia para
alcanzar los objetivos medioambientales en esta demarcación.
Por parte la Asociación Española de Abastecimiento de Aguas y Saneamiento se
considera necesaria la ordenación normativa de la gestión de las descargas de sistemas
de saneamiento en tiempo de lluvia (DSS) y que entre las medidas se contemple la
adaptación de los sistemas de saneamiento para dar respuesta al aumento de lluvias
torrenciales, sin que se recoja adecuadamente la necesaria dotación económica para
abordar esta necesidad. La Confederación comparte esta apreciación, indicando el
avance en estos sistemas.
En cuanto a las medidas para la mitigación de la contaminación difusa (tipo 02), en el
plan no se encuentran medidas específicas para las actividades agrarias (ganadería,
agricultura) fuera del ámbito de País Vasco, ni medidas específicas para las actividades
de selvicultura.
Si bien en la demarcación no hay declaradas zonas vulnerables por contaminación
de nitratos de origen agrario, y este tipo de contaminación tiene una relevancia mucho
menor en el estado de las aguas que la producida por contaminación puntual de tipo
urbano e industrial, en el análisis de presiones e impactos se cita que las actividades del
sector primario (ganadería, agricultura y actividad forestal) se relacionan con episodios
puntuales de contaminación, sobre todo ganadera, y afecciones a vegetación de ribera,
que en general pueden solventarse mediante la aplicación de buenas prácticas,
señalándose la concentración de la actividad ganadera en el valle del Oria, el eje del
Nerbioi, valle de Mena y zona pirenaica. También, determinadas prácticas de la actividad
forestal, muy extendida en la demarcación, tales como las cortas a matarrasa y la
preparación del terreno para la próxima plantación, pueden provocar importantes
episodios de incrementos de turbidez y sólidos en suspensión en el agua, que pueden
afectar al estado ecológico de las cabeceras, efectos que suelen agravarse por
incidencia de los hongos denominados banda marrón (Lecanosticta acicola,
Mycosphaerella dearnessii) y banda roja (Dothistroma pini, Dothistroma septosporum)
que ha intensificado las cortas y el uso de fitosanitarios.
Para los tipos de medidas de mejora de las condiciones morfológicas (04), mejora de
las condiciones hidrológicas (05) y medidas de conservación mejora de la estructura
funcionamiento de los ecosistemas acuáticos (06), se aprecia la inclusión de algunas

cve: BOE-A-2022-19378
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Núm. 280