III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-19381)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Hidrológico (3.er ciclo) y del Plan de Gestión del Riesgo de inundación (2.º ciclo) de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 22 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 159614

3.1.5 Impactos derivados de la aplicación del principio de recuperación de costes y
excepciones contempladas.
El documento de alcance determinaba la metodología de evaluación de tres posibles
tipos de impacto estratégico por esta causa, a evaluar por sector de usuarios del agua y
por territorio:
a) Impactos por déficits en la internalización de costes ambientales, para identificar
los ámbitos sectoriales y territorios en los que la administración competente, en la
recuperación de costes por los servicios del agua que practica, no internaliza los costes
ambientales (al menos los costes de las medidas del plan hidrológico destinadas al logro
de los OMA de las masas de agua y zonas protegidas en riesgo de no cumplirlos por
presiones causadas por su correspondiente sector), lo que compromete la seguridad de
su financiación y ejecución, y en consecuencia compromete el propio logro en plazo de
los referidos OMA.
b) Impactos derivados de las excepciones al principio de recuperación de costes,
en concreto cuando las masas de agua afectadas por dichas excepciones ya están en
riesgo de incumplimiento de sus OMA, y la excepción planteada reduce a la
administración sectorial competente su capacidad de financiación de las actuaciones que
ha debido incluir en el programa de medidas para conseguir el buen estado,
comprometiendo el logro de los OMA en plazo.
c) Impactos derivados de déficits en la aplicación del principio de recuperación de
costes por los servicios del agua, ya sea por efecto de subvenciones, asunción directa
de la ejecución y coste de las acciones por alguna administración, déficits en los actuales
instrumentos de recuperación de costes de inversión o financieros u otras causas,
desincentivando a los usuarios en el ahorro y el uso eficiente del recurso y disminuyendo
la capacidad de las administraciones competentes para financiar las actuaciones del
programa de medidas dirigidas al logro de los OMA, comprometiendo su logro en plazo.
En el documento ambiental estratégico se indica que del análisis realizado por la
Confederación el coste total de los servicios de agua en la demarcación, incluyendo los
costes ambientales, asciende a 440 millones de euros a precios del año 2018. Frente a
estos costes, los organismos que prestan los servicios han obtenido unos ingresos por
tarifas, cánones y otros instrumentos de recuperación del orden de 372 millones de
euros para ese mismo año, por lo que el índice de recuperación global se sitúa en 85%.
En cuanto a los costes ambientales, considera que ascienden a 35,17 millones de
euros anuales en la demarcación, y señala que no disponen en general de instrumentos
para su recuperación. Las presiones por extracción, contaminación difusa o deterioro
hidromorfológico no disponen de instrumentos de recuperación de costes, y en relación
con otras presiones los instrumentos de recuperación presentan carencias para actuar
como incentivo efectivo para lograr un uso eficiente del agua y una reducción de las
presiones sobre el medio hídrico.
La Fundación Nueva Cultura del Agua y Ecologistas en Acción en Cantabria indican
que, si bien en el documento del programa de actuaciones se plantea la necesidad de
profundizar en las soluciones para la financiación de los programas de medidas, no
aparece recogida ninguna medida específica para ello. A juicio de la Fundación Nueva
Cultura del Agua, aunque para incrementar la capacidad organizativa y financiera se
plantea la integración de entes gestores menores en los grandes consorcios, ello no
tiene por qué ser la solución más adecuada, ya corriéndose el riesgo en los pequeños
núcleos de población de abandonar las fuentes de suministro locales y centralizar el
abastecimiento en otras más alejadas de uso conjunto, lo que puede incrementar los
trasvases entre cuencas, y con ello la presión sobre determinadas masas de agua.
La Confederación indica que el hecho de que un ayuntamiento se incorpore a una
mancomunidad no implica que se abandonen sus fuentes de suministro. Además, según
su experiencia, generalmente los pequeños ayuntamientos tienen problemas de gestión
y limitaciones de recursos económicos, técnicos y humanos para acometer

cve: BOE-A-2022-19381
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Núm. 280