III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2022-19271)
Resolución de 6 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Jorge Energy I, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Terrer Solar de 124,72 MW de potencia instalada, subestación Terrer 132/30 kV, LAAT Terrer-Colectora Terrer en 132 kV, subestación Colectora Terrer 400/132 kV y LAAT Colectora Terrer-Terrer (REE) en 400 kV para evacuación de energía eléctrica, en Moros y Ateca y Terrer (Zaragoza).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279

Lunes 21 de noviembre de 2022

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 6 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Jorge Energy I, SL, autorización
administrativa previa para la instalación fotovoltaica Terrer Solar de 124,72
MW de potencia instalada, subestación Terrer 132/30 kV, LAAT TerrerColectora Terrer en 132 kV, subestación Colectora Terrer 400/132 kV y LAAT
Colectora Terrer-Terrer (REE) en 400 kV para evacuación de energía
eléctrica, en Moros y Ateca y Terrer (Zaragoza).

Jorge Energy I, S.L., en adelante, Jorge Energy I, solicitó, con fecha 20 de noviembre
de 2020, autorización administrativa previa de la instalación fotovoltaica Terrer Solar,
subestación Terrer 132/30 kV, LAAT Terrer-Colectora Terrer en 132 kV, subestación
Colectora Terrer 400/132 kV y LAAT Colectora Terrer-Terrer (REE) en 400 kV para
evacuación de energía eléctrica.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Zaragoza, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 25 de enero de 2021 en el «Boletín
Oficial del Estado» y el 26 de enero de 2021 en el «Boletín Oficial de la Provincia de
Zaragoza». Se recibió una alegación la cual fue contestada por Jorge Energy I.
Se han recibido contestaciones de la Dirección General de Energía y Minas del
Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial del Gobierno de
Aragón y del Ayuntamiento de Ateca, en las que no se muestra oposición a la
autorización de la instalación. Se ha dado traslado a Jorge Energy I de dichas
contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de la Subdirección Provincial de Carreteras de Zaragoza
de la Dirección General de Carreteras del Departamento de Vertebración del Territorio,
Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón, solicitando la separata del proyecto junto
con una serie de documentación adicional para poder evaluar las posibles afecciones.
Se ha dado traslado a Jorge Energy I, el cual responde a la documentación requerida y
manifestando el compromiso de obtener la correspondiente autorización en caso de
identificarse afecciones al citado proyecto. Se ha dado traslado al Organismo, el cual
responde emitiendo conformidad condicionada a que con carácter previo a la
construcción se soliciten las autorizaciones perceptivas relativas a las afecciones a las
vías autonómicas, así como se facilite el proyecto visado de ejecución al acceso y el
estudio de tráfico, entre otros.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Urbanismo del Departamento
de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón, indicando
que el órgano competente para resolver las solicitudes es el Consejo Provincial de

cve: BOE-A-2022-19271
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