III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2022-19252)
Resolución 420/38441/2022, de 11 de noviembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Murcia, para la realización de prácticas académicas externas por los estudiantes de la Facultad de Veterinaria en los Centros Militares de Cría Caballar.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279

Lunes 21 de noviembre de 2022

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b) Supervisar sus actividades, orientar y controlar el desarrollo de la práctica con
una relación basada en el respeto mutuo y el compromiso con el aprendizaje.
c) Informar al alumno de la organización y funcionamiento del MINISDEF y de la
normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos laborales.
d) Coordinar con el tutor académico de la UM el desarrollo de las actividades
establecidas en este convenio, incluyendo aquellas modificaciones del plan formativo
que puedan ser necesarias para el normal desarrollo de la práctica, así como la
comunicación y resolución de posibles incidencias que pudieran surgir en el desarrollo
de la misma y el control de permisos para la realización de exámenes.
e) Emitir los informes intermedio y final de acuerdo con la legislación vigente.
f) Proporcionar la formación complementaria que precise el estudiante para la
realización de las prácticas.
g) Proporcionar al estudiante los medios materiales indispensables para el
desarrollo de la práctica.
h) Facilitar y estimular la aportación de propuestas de innovación, mejora y
emprendimiento por parte del estudiante.
i) Facilitar al tutor académico de la UM el acceso al CMCC o al LIA donde se
realicen las prácticas, para el cumplimiento de los fines propios de su función.
j) Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca del
estudiante como consecuencia de su actividad como tutor.
k) Prestar ayuda y asistencia al alumno, durante su estancia en el CMCC o en el
LIA, donde se realicen las prácticas, para la resolución de aquellas cuestiones de
carácter profesional que pueda necesitar en el desempeño de las actividades que realiza
en la misma.
3.

Tutores designados por la Universidad de Murcia

La designación de tutor académico de la universidad se hará de acuerdo con los
procedimientos establecidos por la misma, siendo sus derechos y deberes los siguientes:
Derechos del tutor académico de la UM:
a) Al reconocimiento efectivo de su actividad académica en los términos que
establezca la UM.
b) A ser informado acerca de la normativa que regula las prácticas externas, así
como del Proyecto Formativo y de las condiciones bajo las que se desarrollará la
estancia del estudiante a tutelar.
c) A tener acceso al MINISDEF para el cumplimiento de los fines propios de su función.

a) Velar por el normal desarrollo del proyecto formativo, garantizando la
compatibilidad del horario de realización de las prácticas con las obligaciones
académicas, formativas y de representación y participación del estudiante.
b) Hacer un seguimiento efectivo de las prácticas coordinándose para ello con el
tutor del MINISDEF y vistos, en su caso, los informes de seguimiento.
c) Autorizar las modificaciones que se produzcan en el proyecto formativo respecto
al inicial.
d) Llevar a cabo el proceso evaluador de las prácticas del estudiante tutelado de
acuerdo con la legislación vigente.
e) Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca
como consecuencia de su actividad como tutor.
f) Informar al órgano responsable de las prácticas externas en la universidad de las
posibles incidencias surgidas.
g) Supervisar y, en su caso, solicitar la adecuada disposición de los recursos de
apoyo necesarios para asegurar que los estudiantes con discapacidad realicen sus
prácticas en condiciones de igualdad, no discriminación y accesibilidad universal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2022-19252
Verificable en https://www.boe.es

Deberes del tutor académico de la UM: