III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2022-19252)
Resolución 420/38441/2022, de 11 de noviembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Murcia, para la realización de prácticas académicas externas por los estudiantes de la Facultad de Veterinaria en los Centros Militares de Cría Caballar.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279

Lunes 21 de noviembre de 2022

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c) Mantener contacto con el tutor académico de la UM durante el desarrollo de la
práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así como
hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento y evaluación que le sean
requeridos.
d) Incorporarse al Centro Militar de Cría Caballar (CMCC) o Laboratorio de
Investigación Aplicada (LIA), que realice las prácticas en la fecha acordada, cumplir el
horario previsto en el proyecto formativo y respetar las normas de funcionamiento,
seguridad y prevención de riesgos laborales de la misma.
e) Desarrollar el proyecto formativo y cumplir con diligencia las actividades
acordadas con el MINISDEF conforme a las líneas establecidas en el mismo.
f) Elaborar la memoria final de las prácticas, de acuerdo con la legislación vigente y,
en su caso, del informe intermedio.
g) Guardar confidencialidad en relación con la información interna del MINISDEF y
guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta.
h) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política del
MINISDEF, salvaguardando el buen nombre de la UM a la que pertenece.
Al mismo tiempo, el estudiante se beneficiará de los siguientes derechos:
a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un
tutor de la UM y por un profesional que preste servicios en el MINISDEF.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la UM.
c) A la obtención de un informe por parte del MINISDEF, con mención expresa de la
actividad desarrollada, su duración y, en su caso, su rendimiento.
d) A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la
legislación reguladora de la materia.
e) A recibir, por parte del MINISDEF, información de la normativa de seguridad y
prevención de riesgos laborales.
f) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y
participación, previa comunicación con antelación suficiente al MINISDEF.
g) A disponer de los recursos necesarios para el acceso de los estudiantes con
discapacidad a la tutela, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las
prácticas en igualdad de condiciones.
h) A conciliar, en el caso de los estudiantes con discapacidad, la realización de las
prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas de la situación de
discapacidad.
i) A permanecer dado de alta en el Régimen de Seguridad Social durante todo el
período en el que éste se encuentre realizando las prácticas externas universitarias,
cuando la norma laboral así lo establezca.
2.

Tutores designados por el Ministerio de Defensa

a) Al reconocimiento por parte de la UM como tutor.
b) A ser informado acerca de la normativa que regula las prácticas externas, así
como del proyecto formativo y de las condiciones de su desarrollo.
c) A tener acceso a la UM para obtener la información y el apoyo necesario para el
cumplimiento de los fines propios de su función.
d) A aquellas otras consideraciones específicas que la universidad pueda
establecer.
Asimismo, tendrá los siguientes deberes:
a) Acoger al estudiante y organizar la actividad a desarrollar con arreglo a lo
establecido en el proyecto formativo.

cve: BOE-A-2022-19252
Verificable en https://www.boe.es

El tutor designado por el MINISDEF tendrá los siguientes derechos: