III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Subvenciones. (BOE-A-2022-19282)
Resolución de 26 de octubre de 2022, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo sobre la aprobación de la distribución territorial entre las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, para su sometimiento al Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la autonomía y Atención a la Dependencia de los créditos para la financiación de proyectos de inversión en el marco del componente 22 "Economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión social" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279

Lunes 21 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 158931

Séptimo.
El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 realizará el seguimiento y control
de la aplicación de los créditos, con objeto de comprobar el destino específico para el
que fueron transferidos y su adecuada ejecución, según los mecanismos que, a tal
efecto, se incluyan en el Acuerdo del Consejo Territorial por el que se fijen los criterios
objetivos que sirvan de base para la distribución territorial de los créditos
presupuestarios, así como su distribución.
EXPOSICIÓN
Distribución territorial de los fondos del Plan de Reconstrucción, Transformación y
Resiliencia
El presupuesto para 2022 del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
incluye 1.060,3 millones de euros para el eje de «Economía de los Cuidados y refuerzo
de las políticas de igualdad e inclusión» del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
De ellos, 899,99 millones de euros van a ser ejecutados por las comunidades
autónomas y las entidades locales, mediante proyectos que deberán corresponderse con
los siguientes tipos de inversión:
– Plan de apoyos y cuidados de larga duración:
A. Dotación de nuevos equipamientos públicos para cuidados de larga duración
basados en una nueva arquitectura centrada en la persona y en la atención en entornos
comunitarios, y remodelación y adaptación de los equipamientos existentes.
B. Incorporación de nuevas tecnologías al servicio de los cuidados, mediante la
introducción de equipamientos domiciliarios que favorezcan la promoción de la
autonomía personal mediante el uso de la teleasistencia avanzada, así como de
cualquier otro medio tecnológico que permita la prestación de apoyos y cuidados en
viviendas conectadas y entornos de cuidados inclusivos, también en el medio rural.
– Plan de modernización de los servicios sociales:
C. Transformación tecnológica de los servicios sociales, mediante la
implementación de programas integrales para introducir nuevas tecnologías en la
atención de los servicios sociales, con el fin de mejorar su eficacia y su calidad y
favoreciendo el intercambio de información entre sistemas y servicios.
D. Proyectos piloto de innovación en servicios sociales.
E. Modernización de infraestructuras, digitalización y mejora de los modelos
protección residencial y acogimiento familiar especializado de niños, niñas y
adolescentes, en especial de niños y niñas migrantes no acompañadas o con
necesidades especiales.

F. Accesibilidad a la Administración Pública y sus servicios.
G. Accesibilidad en el ámbito educativo.
H. Adaptación de puestos de trabajo accesible.
I. Accesibilidad en el transporte.
Estos fondos se distribuirán territorialmente a través de las comunidades y ciudades
autónomas, que a su vez deberán establecer los convenios de colaboración necesarios
con las entidades locales de su ámbito, de acuerdo con las distintas realidades
institucionales

cve: BOE-A-2022-19282
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