III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Competencias profesionales. (BOE-A-2022-19286)
Resolución de 26 de octubre de 2022, de la Consejería de Educación y Formación Profesional, por la que se publica la convocatoria del procedimiento para acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279
Lunes 21 de noviembre de 2022
b)
Sec. III. Pág. 158967
Tener, en el momento de hacer la inscripción, como mínimo:
– 18 años cumplidos, para las cualificaciones de nivel 1.
– 20 años cumplidos, para las cualificaciones de nivel 2 y nivel 3.
c) Tener experiencia laboral, en los últimos quince años, relacionada con las
unidades de competencia de las cualificaciones profesionales convocadas, de acuerdo
con lo que figura a continuación:
– Al menos dos años con un mínimo de 1.200 horas trabajadas, para las
cualificaciones de nivel 1.
– Al menos tres años con un mínimo de 2.000 horas trabajadas, para las
cualificaciones de nivel 2 y 3.
d) Tener formación no formal, en los últimos diez años, relacionada con las
unidades de competencia de las cualificaciones profesionales convocadas, de acuerdo
con lo que figura a continuación:
– Al menos 200 horas de formación relacionada con las unidades de competencia de
las cualificaciones profesionales de nivel 1.
– Al menos 300 horas de formación relacionada con las unidades de competencia de
las cualificaciones profesionales de nivel 2 y 3.
En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de
competencia que se pretende acreditar prevean una duración inferior, deben acreditarse
las horas establecidas en estos módulos.
Para establecer el periodo de quince años (acceso a través de la experiencia laboral)
o de diez años (acceso a través de formación no formal) anteriores a la convocatoria,
debe tenerse como referencia el día en que se presenta la solicitud de inscripción al
procedimiento.
Tercero.
Inscripción al procedimiento y documentación requerida.
1. Las personas interesadas en participar en este procedimiento deben
cumplimentar la solicitud de inscripción telemática mediante el formulario establecido a
tal efecto que se encuentra disponible en la página web http://iqpib.caib.es. La
tramitación telemática solo se completa cuando se envía la solicitud. No se consideran
válidas las solicitudes con la marca de agua «sin validez», ya que ello indica que no se
ha enviado.
2. Junto con esta solicitud, debe presentarse la documentación acreditativa
siguiente:
– En caso de querer acreditar experiencia laboral:
i.
Para trabajadores asalariados:
– Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de
Marina o de la mutualidad a la que estén afiliados en el que consten la empresa, la
categoría laboral (grupo de cotización) y el periodo de contratación.
– Contratos de trabajo o certificado de la empresa donde se haya adquirido la
experiencia laboral en que consten la duración de los periodos de prestación del
cve: BOE-A-2022-19286
Verificable en https://www.boe.es
a) Fotocopia del DNI o del NIE, siempre que el interesado no autorice su
comprobación de oficio, u otro documento justificativo.
b) Justificante del pago de la tasa de inscripción y, si es el caso, documentación
justificativa de tener derecho a la exención del pago.
c) Documentación justificativa de cumplir con los requisitos establecidos en el punto
sexto:
Núm. 279
Lunes 21 de noviembre de 2022
b)
Sec. III. Pág. 158967
Tener, en el momento de hacer la inscripción, como mínimo:
– 18 años cumplidos, para las cualificaciones de nivel 1.
– 20 años cumplidos, para las cualificaciones de nivel 2 y nivel 3.
c) Tener experiencia laboral, en los últimos quince años, relacionada con las
unidades de competencia de las cualificaciones profesionales convocadas, de acuerdo
con lo que figura a continuación:
– Al menos dos años con un mínimo de 1.200 horas trabajadas, para las
cualificaciones de nivel 1.
– Al menos tres años con un mínimo de 2.000 horas trabajadas, para las
cualificaciones de nivel 2 y 3.
d) Tener formación no formal, en los últimos diez años, relacionada con las
unidades de competencia de las cualificaciones profesionales convocadas, de acuerdo
con lo que figura a continuación:
– Al menos 200 horas de formación relacionada con las unidades de competencia de
las cualificaciones profesionales de nivel 1.
– Al menos 300 horas de formación relacionada con las unidades de competencia de
las cualificaciones profesionales de nivel 2 y 3.
En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de
competencia que se pretende acreditar prevean una duración inferior, deben acreditarse
las horas establecidas en estos módulos.
Para establecer el periodo de quince años (acceso a través de la experiencia laboral)
o de diez años (acceso a través de formación no formal) anteriores a la convocatoria,
debe tenerse como referencia el día en que se presenta la solicitud de inscripción al
procedimiento.
Tercero.
Inscripción al procedimiento y documentación requerida.
1. Las personas interesadas en participar en este procedimiento deben
cumplimentar la solicitud de inscripción telemática mediante el formulario establecido a
tal efecto que se encuentra disponible en la página web http://iqpib.caib.es. La
tramitación telemática solo se completa cuando se envía la solicitud. No se consideran
válidas las solicitudes con la marca de agua «sin validez», ya que ello indica que no se
ha enviado.
2. Junto con esta solicitud, debe presentarse la documentación acreditativa
siguiente:
– En caso de querer acreditar experiencia laboral:
i.
Para trabajadores asalariados:
– Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de
Marina o de la mutualidad a la que estén afiliados en el que consten la empresa, la
categoría laboral (grupo de cotización) y el periodo de contratación.
– Contratos de trabajo o certificado de la empresa donde se haya adquirido la
experiencia laboral en que consten la duración de los periodos de prestación del
cve: BOE-A-2022-19286
Verificable en https://www.boe.es
a) Fotocopia del DNI o del NIE, siempre que el interesado no autorice su
comprobación de oficio, u otro documento justificativo.
b) Justificante del pago de la tasa de inscripción y, si es el caso, documentación
justificativa de tener derecho a la exención del pago.
c) Documentación justificativa de cumplir con los requisitos establecidos en el punto
sexto: