II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-19232)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Universidad de Sevilla, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, en el marco de estabilización de empleo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 21 de noviembre de 2022

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5.2 Abstención y recusación. Las personas integrantes del Tribunal de Valoración
deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Sevilla,
cuando concurran en ellas circunstancias de las previstas en los artículos 23 y 24 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El/la Presidente/a deberá solicitar de las personas integrantes del Tribunal de
Valoración declaración expresa de no hallarse incursa en las circunstancias previstas en
dichos artículos, habiendo de constar por escrito la inexistencia de dicha circunstancia.
Asimismo, los/las aspirantes podrán recusar a las personas integrantes del Tribunal
de Valoración cuando concurran algunas de dichas circunstancias.
5.3 Cambio en la composición. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas
selectivas la autoridad convocante publicará Resolución por la que se nombre a los
nuevos miembros del Tribunal de Valoración que hayan de sustituir a los que hayan
perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Constitución. Previa convocatoria del/la Presidente/a, se constituirá el Tribunal
de Valoración con asistencia obligada de Presidente/a y Secretario/a y de la mitad al
menos de sus miembros.
En la sesión de constitución, el Tribunal de Valoración acordará todas las decisiones
que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
A partir de su constitución, y para el resto de las sesiones, para actuar válidamente,
requerirá la misma mayoría de sus miembros, titulares o suplentes, indicada
anteriormente.
El Tribunal de Valoración podrá disponer la incorporación de asesores especialistas,
limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.
5.5 Actuación del Tribunal durante el proceso. El Tribunal resolverá las dudas que
pudieran surgir en la aplicación de las bases, acordando las medidas necesarias para
resolver cuantas cuestiones no estén previstas en la presente convocatoria. Su
actuación se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la normativa procedimental, así
como a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
público y actuará de acuerdo con el principio de transparencia.
En las actas de sus reuniones y del ejercicio celebrado deberá dejar constancia de
todo acuerdo que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas al ejercicio, la
valoración de los méritos, así como cualquier decisión que afecte al procedimiento.
5.6 Garantía de corrección del ejercicio. El/la Presidente/a del Tribunal de
Valoración adoptará las medidas oportunas para garantizar que el ejercicio de la fase de
oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el mismo, sea corregido sin que
se conozca la identidad de las personas candidatas.
5.7 Información a las personas participantes. A efecto de comunicaciones y demás
incidencias, el Tribunal de Valoración tendrá su sede en la Universidad de Sevilla, C/ San
Fernando, núm. 4, teléfonos 95 455.10.70 o 95 455.69.20. También se podrá solicitar
información a través de correo electrónico a la siguiente dirección:
seleccionpasfuncionario@us.es
El Tribunal de Valoración dispondrá en esta sede, al menos una persona, miembro o
no del Tribunal de Valoración, para atender cuantas cuestiones sean planteadas en
relación con estas pruebas selectivas.
5.8 Categoría. El Tribunal de Valoración tendrá la categoría que le corresponda
dentro de las recogidas en el Anexo V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo («Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía» de 21 de abril).
5.9 Exclusión de participantes: En cualquier momento del proceso selectivo, si el
Tribunal de Valoración tuviese conocimiento de que alguna de las personas candidatas
no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa
audiencia de la/las persona/s interesada/s, deberá proponer su exclusión al Rector de la
Universidad de Sevilla, con declaración de las inexactitudes o falsedades detectadas en
la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
5.10 Adaptaciones para personas con discapacidad. El Tribunal de valoración
adoptará las medidas oportunas que permitan a las personas con discapacidad, que así

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Núm. 279