II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-19231)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Universidad de Sevilla, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Auxiliar.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 21 de noviembre de 2022

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b) Original del título académico oficial exigido para el acceso a esta escala, o
justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos
para su obtención.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse original de
la documentación que acredite su homologación o en su caso del correspondiente
certificado de equivalencia.
c) Declaración bajo juramento o promesa de no haber sido separado/a del servicio
de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado/a para el
ejercicio de las correspondientes funciones de la Escala Auxiliar de la Universidad de
Sevilla.
d) Certificado de aptitud de desempeño de la plaza. Atendiendo al turno de acceso
al proceso selectivo, deberá presentarse:
– Turno general: Las personas aspirantes que acceden por el turno general deberán
presentar certificado médico oficial que acredite poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas propias de la escala expedido por el facultativo del Sistema
Nacional de Salud que corresponda a la persona interesada o por cualquier otro
facultativo colegiado.
– Turno discapacidad: Las personas aspirantes que presenten una discapacidad igual
o superior al 33 % deberán aportar certificado de los órganos competentes de la Junta de
Andalucía o de otras Administraciones Públicas que acrediten su aptitud para desempeñar
las funciones de la Escala Auxiliar. Los/as aspirantes podrán optar por no adjuntar dicho
certificado y, en ese caso, de haber sido reconocida la discapacidad en la Comunidad
Autónoma de Andalucía, deberán autorizar al órgano gestor de la presente convocatoria a
solicitar la acreditación de los requisitos exigidos en este punto a los órganos competentes
en materia de servicios sociales de la Junta de Andalucía a fin de que emitan el
correspondiente certificado de aptitud. A estos efectos, se deberá presentar debidamente
cumplimentado el anexo II a esta convocatoria, autorizando o denegando la autorización a
la Universidad de Sevilla para recabar dicha documentación.
9.2 Exención de justificación. Quienes tuvieran la condición de personal funcionario
interino o personal contratado en esta universidad estarán exentos de justificar
documentalmente las condiciones y demás requisitos exigidos para su nombramiento,
debiendo presentar únicamente la documentación que no se encuentre debidamente
acreditada en su expediente.
9.3 Anulación de actuaciones. Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de
fuerza mayor, no presentasen la documentación requerida o del examen de la misma se
dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2 de esta
convocatoria, no podrán ser nombrados/as funcionarios/as de carrera y quedarán
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido
por falsedad en la solicitud inicial.
9.4 Elección de destinos. La elección de las plazas se realizará por las personas
que han superado el proceso selectivo según el orden de puntuación obtenida. El
mecanismo de elección y adjudicación de destinos será acordado y resuelto por
Resolución de la Dirección de Recursos Humanos.
9.5 Nombramientos. La autoridad convocante, a propuesta del Tribunal de
Valoración, dictará resolución por la que se nombren funcionarios/as de carrera a las
personas candidatas que hayan superado el proceso selectivo, la cual se publicará en el
«Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
En el supuesto de que existiera personal funcionario interino ocupando dichas
plazas, será revocado su nombramiento.
9.6 Con la finalidad de asegurar la cobertura de las plazas convocadas, cuando se
produzcan renuncias, falta de acreditación de los requisitos exigidos en la convocatoria para
ser nombrado/a funcionario/a de carrera, o concurra alguna de las causas de pérdida de la
condición de funcionario en las personas propuestas antes de su nombramiento o toma de
posesión, el Rector requerirá del Tribunal de Valoración la relación complementaria de

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Núm. 279