III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2022-19260)
Resolución de 15 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Melilla, para el apoyo técnico a alumnado con dificultades graves de autonomía, escolarizados en centros docentes sostenidos con fondos públicos durante el curso escolar 2022/2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279
Lunes 21 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 158406
responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio y a las demás partes firmantes.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la
parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de
resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta
causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera
previsto.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en
otras leyes.
Séptima. Naturaleza jurídica y régimen de resolución de conflictos.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y queda sometido al régimen
jurídico de convenios previsto en el capítulo VI, título preliminar de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE de 2 de octubre).
Las partes resolverán de mutuo acuerdo cualquier problema de interpretación, así
como las controversias que pudieran suscitarse durante su ejecución. En ausencia de
acuerdo, se someterán a los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional contencioso
administrativo competentes.
cve: BOE-A-2022-19260
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, las partes firman el presente
convenio en la fecha indicada en la última firma electrónica.–La Ministra de Educación y
Formación Profesional, María del Pilar Alegría Continente.–El Presidente de la Ciudad de
Melilla, Eduardo de Castro González
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 279
Lunes 21 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 158406
responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio y a las demás partes firmantes.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la
parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de
resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta
causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera
previsto.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en
otras leyes.
Séptima. Naturaleza jurídica y régimen de resolución de conflictos.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y queda sometido al régimen
jurídico de convenios previsto en el capítulo VI, título preliminar de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE de 2 de octubre).
Las partes resolverán de mutuo acuerdo cualquier problema de interpretación, así
como las controversias que pudieran suscitarse durante su ejecución. En ausencia de
acuerdo, se someterán a los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional contencioso
administrativo competentes.
cve: BOE-A-2022-19260
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, las partes firman el presente
convenio en la fecha indicada en la última firma electrónica.–La Ministra de Educación y
Formación Profesional, María del Pilar Alegría Continente.–El Presidente de la Ciudad de
Melilla, Eduardo de Castro González
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