III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2022-19260)
Resolución de 15 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Melilla, para el apoyo técnico a alumnado con dificultades graves de autonomía, escolarizados en centros docentes sostenidos con fondos públicos durante el curso escolar 2022/2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279

Lunes 21 de noviembre de 2022

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
19260

Resolución de 15 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Melilla, para el apoyo
técnico a alumnado con dificultades graves de autonomía, escolarizados en
centros docentes sostenidos con fondos públicos durante el curso escolar
2022/2023.

El Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Ciudad de Melilla, han
suscrito, con fecha 15 de noviembre de 2022, un convenio para el apoyo técnico a
alumnado con dificultades graves de autonomía escolarizados en centros docentes
sostenidos con fondos públicos en la Ciudad de Melilla durante el curso
escolar 2022/2023, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito
en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 15 de noviembre de 2022.–El Secretario General Técnico, Santiago Antonio
Roura Gómez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Ciudad de
Melilla para el apoyo técnico a alumnado con dificultades graves de autonomía
escolarizados en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Ciudad
de Melilla durante el curso escolar 2022/2023
REUNIDOS
De una parte, doña María del Pilar Alegría Continente, Ministra de Educación y
Formación Profesional, en virtud del Real Decreto 529/2021, de 10 de julio, y en uso de
la competencia establecida en el artículo 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público (BOE del 2 de octubre).
De otra, don Eduardo de Castro González, Presidente de la Ciudad de Melilla,
nombrado por Real Decreto 389/2019, de 18 de junio, en representación de la Ciudad de
Melilla, en virtud de las facultades que le atribuye el artículo 14 de la Ley
Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Melilla.
Ambas partes, en la representación con que actúan,

I. Que en las distintas etapas educativas se debe velar por la inclusión educativa, la
atención personalizada, la prevención de las dificultades de aprendizaje y la puesta en
práctica de mecanismos de refuerzo tan pronto como se detecten dificultades de
cualquier índole en el alumnado.
Que, como recoge el artículo 74 de la LOMLOE, la escolarización del alumnado con
necesidad específica de apoyo educativo deberá estar regida por los principios de
inclusión y participación, calidad, equidad, no discriminación e igualdad efectiva en el
acceso y permanencia en el sistema educativo y accesibilidad universal para todo el
alumnado.

cve: BOE-A-2022-19260
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