II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-19226)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Universidad Politécnica de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279

Lunes 21 de noviembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 158186

investigador, así como los proyectos docente e investigador, alegados y defendidos por
cada candidato.
A la vista de los informes, la Comisión procederá a una votación, no siendo posible la
abstención, para determinar el paso de los candidatos a las pruebas sucesivas.
No pasarán a la siguiente prueba los candidatos que no obtengan, al menos, tres
votos favorables.
3. La segunda prueba para Profesores Titulares de Universidad consistirá en la
exposición oral de un tema, durante un tiempo máximo de una hora, del programa
docente presentado por el candidato, seleccionado por la Comisión entre diez temas de
dicho programa, elegidos por el candidato, que cubran todo el perfil de la plaza.
Se valorarán positivamente la experiencia docente y la capacidad pedagógica del
concursante en su exposición, así como el dominio de la materia y la adecuación al nivel
de la plaza.
Seguidamente, la Comisión debatirá con el candidato acerca de los contenidos
expuestos, la metodología a utilizar y todos aquellos aspectos que estime relevantes en
relación con el tema, durante un tiempo máximo de dos horas.
Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un
informe razonado incluyendo la valoración desglosada por cada uno de los aspectos
evaluados de cada uno de los candidatos, valorando los contenidos y metodología
expuestos por los mismos. A la vista de los informes, la Comisión procederá a una
votación, sin que sea posible la abstención.
4. La Comisión hará públicos los resultados de la evaluación de los candidatos al
finalizar cada una de las pruebas.
De la propuesta de provisión y nombramiento

7.1 Una vez celebrado el Concurso, la Comisión hará público el resultado de la
evaluación de cada candidato, de acuerdo a los criterios de valoración previamente
establecidos por la Comisión.
7.2 A continuación la Comisión propondrá al Rector, motivadamente, de
conformidad con los criterios de valoración previamente establecidos, y con carácter
vinculante, una relación de todos los candidatos por orden de preferencia para su
nombramiento y sin que se pueda exceder en la propuesta el número de plazas
convocadas a concurso, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 de la LOU y en el
artículo 9.1 del RDCA.
Además del orden de prelación, en la resolución que se adopte se incluirá la
propuesta de nombramiento del candidato o candidata que haya obtenido la plaza.
El proceso podrá concluir con la propuesta de la Comisión de no proveer la plaza
convocada. Contra esta decisión cabrá presentar la oportuna reclamación conforme a lo
establecido en la base 8 de la presente convocatoria.
La propuesta se hará pública en el tablón de anuncios del local donde se haya
celebrado la última prueba, haciendo constar la fecha en que se hace pública. Contra
ella cabe interponer reclamación en el plazo de diez días hábiles ante el Rector de la
Universidad.
7.3 El Secretario de la Comisión, en el plazo de los cinco días hábiles siguientes al
de finalización de sus actuaciones, entregará en el Servicio de Administración de
Personal Docente de la Universidad las Actas del concurso. La documentación
presentada por los candidatos permanecerá en el Centro donde se hayan celebrado las
pruebas, y una vez finalizado el concurso y siendo firme la resolución del mismo, les
podrá ser devuelta si así lo solicitan. En todo caso, si transcurridos tres meses desde
que el proceso devino firme, sin que los interesados hayan solicitado la devolución de la
documentación, se procederá a su destrucción, previa notificación de tal actuación.

cve: BOE-A-2022-19226
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