III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2022-19279)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, sobre el acceso a la base padronal del INE a través del servicio web Secopa.
9 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279

Lunes 21 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 158891

padronal se lleve a cabo de la forma más eficiente posible en el marco legalmente
vigente.
Por todo ello, ambas partes han acordado suscribir el presente convenio conforme a
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

– La Ley 5/2018, de 19 de junio, de la vivienda de las Illes Balears y en particular de
su Título IX, que tiene por objeto regular el ejercicio de la potestad sancionadora en
materia de vivienda.
– El Real Decreto-ley 4/2019, de 22 de febrero, del Régimen Especial de las Illes
Balears junto con el Decreto 20/2019, de 15 de marzo, por el que se regula la
bonificación en las tarifas de los servicios regulares de transporte marítimo interinsular
para las personas residentes en la comunidad autónoma de las Illes Balears, que faculta
para la inspección y control de las bonificaciones.
– La Ley 11/2014, de 15 de octubre, de comercio de las Illes Balears y en particular
de su título IV de inspección y tramitación de los procedimientos sancionadores.
– El Decreto-ley 1/2020, de 17 de enero, contra el turismo de excesos para la mejora
de la calidad en zonas turísticas y en particular de su Capítulo IV, que regula el régimen
sancionador.
– La Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas y en particular de su Título V, que regula
las infracciones y sanciones.
– El texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 1/2001, de 20 de julio que contempla las funciones de control, vigilancia y
sanción del dominio público hidráulico.
– La Ley 10/2005 de 21 de junio, de puertos de las Illes Balears y en particular de su
Título V, que regula el régimen de infracciones, sanciones y policía.
– La Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, que
contempla las funciones de inspección y sanción en relación con los servicios y
actividades de transportes terrestres.
– La Ley 17/1985, de 1 de julio, sobre objetos fabricados con metales preciosos y en
particular de su Capítulo III, que regula el comercio exterior de objetos fabricados con
metales preciosos, y el Título VI del Real Decreto 197/1988, de 22 de febrero por el que
se aprueba el Reglamento de esta Ley.
– El Decreto-ley 11/2020, de 10 de julio, por el que se establece un régimen
sancionador específico para afrontar los incumplimientos de las disposiciones dictadas

cve: BOE-A-2022-19279
Verificable en https://www.boe.es

El objeto del presente convenio es facilitar el acceso a la Base de Padrón continuo
gestionada por el Instituto Nacional de Estadística (en adelante INE) por los órganos y
entidades de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
competentes en procedimientos relativos a la inspección y régimen sancionador en
materia de vivienda; de comercio; en procedimientos sancionadores por infracciones
cometidas en la zona de servidumbre de protección de la Ley de costas; en actuaciones
de control, vigilancia y sanción del dominio público hidráulico y de puertos; en
procedimientos relativos a la inspección y régimen sancionador en materia de
transportes terrestres, en materia de bonificación de transporte marítimo y de control y
sanción de bonificaciones; en materia de vigilancia e inspección de la importación de
metales preciosos, y en materia de incumplimientos de las disposiciones dictadas para
paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19 a través del servicio web
(Secopa) desarrollado por el primero, con el fin de obtener el dato de domicilio a los
efectos de ejercer las competencias que han sido detalladas en profundidad en el
expositivo de este convenio y que se recogen en las siguientes leyes: