III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-19266)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Hidrológico (3.er ciclo) y del Plan de Gestión del Riesgo de inundación (2.º ciclo) de la Demarcación Hidrográfica del Júcar.
77 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 21 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 158541

este diagnóstico y plantea medidas para reducir las presiones existentes, principalmente
reducción de la contaminación, y alcanzar el buen estado en estas masas de agua,
además del cumplimiento de los requerimientos adicionales establecidos en el Plan
Especial de L'Albufera aprobado por Acuerdo del Consell de la Generalitat Valenciana
en 1993, cuyos objetivos y medidas quedarán integrados en el plan hidrológico,
coordinando su desarrollo con la Generalitat Valenciana. En este sentido, el estudio
ambiental estratégico realiza una evaluación de los efectos ambientales de este Plan
Especial, concluyendo que sus efectos serán positivos sobre las masas de agua
asociadas, pero identificando como principales efectos negativos la demora o no
realización de las medidas de gestión programadas.
Se plantea así mismo el seguimiento de los efectos de reducción de retornos, a
consecuencia de las modernizaciones de regadíos, sobre las masas de agua
subterránea, sobre las zonas húmedas como L'Albufera de Valencia y sobre el tramo
final del río Júcar, tanto en lo que respecta a la disminución de recursos hídricos como
sobre los efectos sobre el estado químico, que prevé positivos por la reducción de carga
de contaminantes a partir de dichas modernizaciones, haciendo uso para su verificación
de las redes de control cuantitativo y químico. En la normativa del Plan Hidrológico se
establece específicamente que el Organismo de cuenca realizará un control y
seguimiento de aportes al lago de L'Albufera y de los niveles en el lago, con el objetivo
de garantizar el cumplimiento de los volúmenes anuales requeridos y contribuir a la
conservación del ecosistema lagunar, teniendo como referencia la información
proporcionada por la red de medida específica que controla el nivel en el lago y las
salidas al mar a través de las golas y permite realizar los correspondientes balances,
estando incluido su mantenimiento y explotación en el Programa de Medidas del Plan.
Asociaciones como Xúquer Viu e Intersindical Valenciana, entre otras, manifiestan la
necesidad de integrar en el plan hidrológico el 100 % de objetivos y medidas que se
contemplan en el Plan Especial de L'Albufera. Intersindical Valenciana solicita además
desvincular los ahorros producidos por la modernización de regadíos con las
necesidades ambientales de L'Albufera, que tampoco han de estar condicionadas por
futuras modernizaciones o supeditadas a su ejecución, sino plantear estas necesidades
ambientales como justificación directa para incrementar los caudales que se dirijan
desde el río Júcar a la Albufera.
Por parte de la Dirección General de Medio Natural y Evaluación Ambiental de la
Generalitat Valenciana se solicita que se modifique la redacción del artículo 13 de las
disposiciones normativas del plan, indicando exclusivamente que se establezca una
reserva en el embalse de Tous para las necesidades hídricas del Parque Natural de
L'Albufera, dentro del periodo comprendido entre el 1 de noviembre y el 1 de mayo de 74
hm3/año de carácter ambiental, con el siguiente reparto:
– 4 hm3 para alcanzar el establecido en la Orden 5/2018 de la Conselleria de
Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, relativa a la
regulación del nivel y comunicación con el mar del Parque Natural de L'Albufera.
– 24 hm3 para inundación de perellonà en las aproximadamente 8.000 hectáreas que
tradicionalmente se han inundado en invierno con un calado mínimo medio de 30 cm.
– 46 hm3. para mantener un flujo mínimo de 2 m3/s en cada uno de los tres canales
de desagüe en el periodo comprendido entre el final del vaciado de la perellonà y el inicio
del siguiente ciclo de cultivo de arroz (finales de mayo).
En consecuencia, es importante que esta medida de reserva de agua asignada
directamente para L'Albufera se cumpla con independencia del ahorro efectivo derivado
de las modernizaciones de riegos, siendo este ahorro un complemento que puede
contribuir a reducir las presiones por extracción en el Bajo Júcar y posibilitar mayores
caudales en desembocadura.

cve: BOE-A-2022-19266
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 279