II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Cuerpo de Letrados del Consejo General del Poder Judicial. (BOE-A-2022-19144)
Acuerdo de 6 de octubre de 2022, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso-oposición para ingreso en el Cuerpo de Letrados del Consejo General del Poder Judicial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279

Lunes 21 de noviembre de 2022
E)

Sec. II.B. Pág. 158046

Conciliación e igualdad. Hasta 5 puntos.

Los méritos referidos a la igualdad y conciliación de la vida personal, familiar y
laboral se valorarán en las siguientes situaciones:
El cuidado de hijos dentro de los cinco años anteriores a la convocatoria de las
pruebas, ya lo sean por naturaleza como por adopción o acogimiento permanente o
preadoptivo, siempre que tengan menos de doce años, se valorará con 0,5 puntos por
año; si los hijos son varios se incrementa en 0,2 puntos por cada año de cuidado del
segundo o sucesivo hijo.
El cuidado, dentro de los cinco años anteriores a la convocatoria de las pruebas, de
un familiar de hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o afinidad siempre
que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por
sí mismo y no desempeñe actividad retribuida, se valorará con 0,3 puntos por año; si son
varios los familiares, se incrementa 0,1 puntos por cada año de cuidado del segundo o
sucesivo familiar.
F) Conocimiento de la lengua oficial propia de alguna Comunidad Autónoma.
Hasta 2 puntos.
Séptima.

Fase de oposición.

El orden de actuación de los/las aspirantes se determinará conforme a lo previsto en
el artículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del
Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios
civiles de la Administración General del Estado.
Constará esta fase de cinco ejercicios, todos ellos eliminatorios, salvo los
correspondientes a la prueba de idiomas.

a) Se efectuará un solo llamamiento, quedando decaídas en su derecho las
personas aspirantes que no comparezcan a realizarlo, a menos que, con anterioridad a
dicho acto, justifiquen debidamente la causa de su incomparecencia, que será apreciada
por el tribunal. En este supuesto, se efectuará una nueva convocatoria por el tribunal. Si
el llamamiento se produjese dentro de las cuatro semanas anteriores a la fecha prevista
para el alumbramiento de la mujer aspirante o dentro de las dieciséis semanas
siguientes al parto, a petición de la candidata, se efectuará una nueva convocatoria, que
tendrá lugar entre la decimosexta y vigésima semana posterior al alumbramiento.
b) Los aspirantes extraerán obligadamente cinco temas en cada uno de los dos
bloques que componen el programa anexo a la convocatoria, de entre los que deberán
exponerse cuatro temas a su elección, respetando en cualquier caso el número de temas
a exponer de cada materia conforme lo determinado en el punto 1.
c) Las personas aspirantes, antes de dar comienzo a la exposición, dispondrán de
un máximo de quince minutos de reflexión, pudiendo confeccionar si lo desean un
esquema por escrito y a la vista del tribunal. Para la exposición de los temas, las
personas aspirantes dispondrán de hasta sesenta minutos, debiendo dedicar a cada uno
de ellos quince minutos.

cve: BOE-A-2022-19144
Verificable en https://www.boe.es

1. En el primero y segundo de los ejercicios, los/las aspirantes expondrán de forma
oral ante el tribunal, constituido en audiencia pública, cuatro temas, de entre cinco,
sacados a la suerte, que se corresponderán, en el primer ejercicio, con un tema de
Derecho Constitucional, un tema de Derecho de la Unión Europea y Derecho
Internacional Público, y dos temas de Derecho Orgánico Judicial, del bloque 1 del
programa anexo a esta convocatoria; en el segundo ejercicio, se corresponderán con
dos temas de Derecho Administrativo, Presupuestario y Financiero, y dos temas de
Derecho Procesal del bloque 2 del programa anexo a esta convocatoria. Entre ambos
ejercicios teóricos debe mediar para su realización un plazo mínimo de tres meses.
Para su realización y calificación se observarán las siguientes reglas: