II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Cuerpo de Letrados del Consejo General del Poder Judicial. (BOE-A-2022-19144)
Acuerdo de 6 de octubre de 2022, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso-oposición para ingreso en el Cuerpo de Letrados del Consejo General del Poder Judicial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279

Lunes 21 de noviembre de 2022

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A efectos de lo dispuesto en el artículo 45.1.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, los actos del proceso
selectivo serán publicados en la página www.poderjudicial.es apartado «empleo público»,
sustituyendo a la notificación de los mismos. Todo ello sin perjuicio de las notificaciones o
publicaciones específicamente exigidas en las bases de la convocatoria.
Los miembros del tribunal devengarán las asistencias correspondientes según lo
previsto en el artículo 27 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, en la cuantía
establecida para la categoría primera a la que se refiere el artículo 30 del mencionado
Real Decreto y conforme establece el punto 3 del mismo.
Quinta. Admisión de solicitudes.
Dentro del mes siguiente al término del plazo fijado para la presentación de
solicitudes, la presidencia del tribunal dictará resolución declarando aprobada la lista
provisional de admitidos/as y excluidos/as. Dicha resolución se publicará en el «Boletín
Oficial del Estado», acompañada de la relación de los/as aspirantes excluidos/as, con
expresión de la causa de exclusión, a los/las que se concederá un plazo de diez días
para aportar los documentos o para subsanar los defectos que hayan motivado su
exclusión provisional.
Transcurrido dicho plazo, la presidencia dictará nueva resolución, la cual será
igualmente publicada en el «Boletín Oficial del Estado», declarando aprobada la lista
definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as y determinando el plazo dentro del
cual habrá de resolverse la fase de concurso. Las listas certificadas completas,
provisionales y definitivas, de aspirantes admitidos/as y excluidos/as serán publicadas en
la página www.poderjudicial.es apartado «empleo público».
Sexta. Fase de concurso.
1. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, de forma que la puntuación
alcanzada se suma a la puntuación de la fase de oposición, siendo el máximo de puntos
atribuibles en razón de los méritos alegados en el concurso, en todo caso, de 30 puntos.
2. Los méritos alegados se clasificarán y puntuarán de acuerdo con el siguiente
cuadro:
A) Méritos académicos. Hasta 8 puntos.
Doctorado (3 puntos).
Máster (1 punto).
Expediente académico (hasta 4 puntos).
B)

Escritos y publicaciones. Hasta 5 puntos.

Autor único de un libro: 2 puntos. Autor de un artículo: 0,2 puntos. Coautor de un libro
o de un artículo: La referida puntuación en proporción al número de autores.
Actividad profesional. Hasta 10 puntos.

Un punto por año de ejercicio efectivo en profesión jurídica (juez, letrado/a de la
Administración de Justicia, funcionario público al que se le exija titulación de
Licenciado/a en Derecho o de Grado en Derecho, abogado/a, procurador/a, graduado
social).
D) Superación de otras oposiciones para el ingreso en un cuerpo incluido en el
Subgrupo A1 de las distintas Administraciones Públicas. Hasta 10 puntos.

cve: BOE-A-2022-19144
Verificable en https://www.boe.es

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